Conste por el presente, el Contrato de Servicios que suscriben de una parte el Ministerio de Comercio Exterior, con Registro Único de Contribuyentes número________________, ubicado en la calle _____________ , debidamente representado por su Director General de Administración Don/Doña__________________________ designado mediante Resolución Ministerial número_______________, a quien en adelante se denominará ______________________ y, de la otra parte ______________________ con Registro Único de Contribuyente número_____________ y con domicilio en___________________, a quien en adelante se le denominará ELCONSULTOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: Antecedentes y Base Legal
Antecedente:
El Ministerio de OCmercio Exterior ha suscrito el Contrato de ________________ con el Banco Mundial, que tiene por objetiovo mejorar la gestión de la policía comercial peruana, para contribuir a aumentar sus exportaciones.
Base Legal:
- Contrato dePréstamo numero ________________
- Texto único Ordenado de la ley de Contrataciones y Adquisisciones del Estado, aprobado por ______________
- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisisiones del Estado, aprobado por_______________________
SEGUNDA: objeto.
Es el objeto del presente documento contratar los servicios de ____________________________, para que brinde los servicios de ___________________
Para un acuerdo de ambas partes, estos términos podrán ser modificados si los intereses del contratador así lo requieren.
TERCERA:Honorarios.
Por concepto de Honorarios, la empresa contratadora abonará a el Consultor una retribución total ascendente a la suma de __________________Euros, incluidos los impuesto de ley.
Dicho monto será cancelado a la prestación efectiva del servicio, previa verificación de los siguientes requisitos:
a) Entrega de los informes requeridos en los Términos de Referencia.
b) Tener la no-objeción por parte del BID al Informe Final para el último pago.
c) Contar con los recursos del Programa 1442/OC-PE con que se financiará este Contrato, los que deberán estar a disposición del MINCETUR.
d) Conformidad con el servicio prestado, otorgado por el Coordinador General de Programa y/o el Vice Ministerio de Comercio Exterior.
e) Presentación del recibo de honorarios profesionales por parte del CONSULTOR.
CUARTA: Plazo y entrega de Informe Final.
EL CONSULTOR se obliga a prestar los servicios contratados por el plazo de __________ comprendidos entre el _________________ ____ y el_________________________.
A la culminación del plazo señalado o antes, y sin perjuicio del Informe requerido en los Términos de Referencia, el CONSULTOR deberá presentar un Informe Final, el mismo que será presentado al Coordinador General del Programa. Del mismo modo, EL CONSULTOR se compromete a realizar las aclaraciones o ampliaciones necesarias que el Coordinador General del Programa estimen necesarias, así como suministrar cualquier información adicional que cualquiera de estos razonablemente le solicite en relación al desarrollo de los trabajos.
QUINTA: Obligaciones de las partes
Sin perjuicio de las demás cláusulas del presente Contrato, las partes se comprometen a cumplir lo siguiente:
5.1. Obligaciones del CONTRATATANTE
- Brindar la colaboración necesaria para la correcta ejecución del servicio por parte de EL CONSULTOR.
- Pagar oportunamente el monto de los honorarios profesionales según lo establecido en la Cláusula Tercera.
5.2. Obligaciones de EL CONSULTOR
- Cumplir con cada una de las obligaciones previstas en este Contrato, respetando los términos de la propuesta técnica presentada.
- Entregar los informes requeridos en los términos de referencia y/o el Informe Final en las fechas previstas, según corresponda.
- Dar aviso inmediato de cualquier hecho que pudiera afectar la entrega oportuna del Informe Final, bajo responsabilidad.
SEXTA: Incompatibilidades
6.1. EL CONSULTOR no podrá comprometerse en actividades incompatibles con los propósitos de este Contrato o que pudieran afectar en alguna medida el cabal cumplimiento de sus términos de referencia y obligaciones asumidas.
6.2. Asimismo, EL CONSULTOR deberá evitar cualquier acción o pronunciamiento público que pudieran afectar adversamente los objetivos del Programa en los que se enmarca este Contrato.
SEPTIMA: Del Cumplimiento del Contrato
Por el mérito de la suscripción del presente Contrato, el CONSULTOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir fielmente con el objeto del Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado hasta por dos (2) años para contratar con el Estado. Asimismo, declara que no se encuentra comprendido en ninguno de los impedimentos a que se refiere el artículo 9° de la LEY, que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado y que conoce las sanciones contenidas en la LEY y su REGLAMENTO y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias.
OCTAVA: Supervisión
El servicio a prestarse estará bajo la supervisión del Coordinador General del Programa y/o el Vice Ministerio de Comercio Exterior, quienes tendrán la obligación de exigir al CONSULTOR el fiel cumplimiento del servicio contratado.
NOVENA: De la Resolución Contractual
Las partes acuerdan que el CONTRATANTE podrá resolver el presente Contrato, sin expresión de causa y con el solo mérito de una comunicación escrita cursada al CONSULTOR, con una anticipación no menor de cinco días naturales, sin que ello implique el pago de suma adicional alguna a aquella que pueda corresponder a la parte proporcional del honorario pactado, por el servicio prestado hasta la fecha de la resolución.
Igualmente, el CONTRATANTE podrá resolver el presente Contrato, por incumplimiento de alguna de las obligaciones del CONSULTOR si previamente se ha requerido el cumplimiento de la misma, de acuerdo a las formalidades y requisitos establecidos en la LEY y en el REGLAMENTO; si surgiere alguna discrepancia respecto al requerimiento efectuado, cualquiera de las partes podrá recurrir a los procedimientos de solución de controversias establecidas en la LEY y el REGLAMENTO.
El presente Contrato también podrá ser resuelto por restricciones de carácter presupuestaria y/o financiera del CONTRTANTE o por mutuo acuerdo de las partes.
DECIMA : Disposición Final
Es voluntad de las partes no transgredir lo señalado en el Contrato de Préstamo N° 1442/OC-PE. Los aspectos que no se hayan contemplado en el mismo, serán regulados supletoriamente por la LEY y su REGLAMENTO.
Suscrito en ______________a los ---------------------------------, en dos ejemplares de igual valor.