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    Modelo de liquidacion laboral en nicaragua

    MODELO DE LIQUIDACIÓN LABORAL EN NICARAGUA


    INDEMNIZACIÓN EQUIVALENTE


    Artículo 45. Una vez el empleador de por finalizado el contrato laboral por tiempo indeterminado y sin motivo que lo justifiquen, abonará al empleado una indemnización equivalente a:

    • 1) Un mes de sueldo por cada uno de los primeros tres años trabajados.
    • 2) Veinte días de sueldo por cada año laborado a ontar desde el cuarto año.

    Nunca la correspondiente indemnización será inferior a un mes ni superior a cinco meses. Las fracciones según los años laborados se procederán a liquidar de manera proporcional..


    VACACIONES Y MES NÚMERO 13: PAGO PROPORCIONAL


    Artículo 42. Idependientemenete de cual sea la causa determinante del contrato laboral, el empleador tiene la obligación según lo establecido en la ley, a abonar al empleado, o a quien corresponda en el caso del literal b), la parte correspondiente de las prestaciones coo serían las vacaciones y decimotercer mes.


    EMPLEADOS DE CONFIANZA


    Artículo 7. El estatus  de empleado de confianza variará según la naturaleza de los trabajos realizados y no de la importancia que se da al puesto. Se denominan empleados de confianza los directores o administradores que realizan labores de dirección en nombre del empleador y en base a su legalidad según lo refleja el actual Código, puedan sustituir a la persona natural o jurídica que representen.


    INDEMNIZACIÓN PARA TRABAJADOR DE CONFIANZA: VALOR


    Artículo 47. Si estamos hablando de empleados de confianza detallados en el acápite a) del artículo 7 del actual Código carcerá de reintegro, pero el empleador tendrá el deber de abonar en concepto de indemnización una cuantía proporcional a dos meses y hasta seis meses de sueldo, en los casos en que el empleador posea como mínimo  un año continuado de trabajo, sin alterar el pago de otras prestaciones o indemnización a que tuviere derecho.


    PRIVILEGIOS


    Artículo 89. El sueldoo, el abono de vacaciones no practicadas, el decimotercer mes y las indemnizaciones por riesgo o accidente laboral, tienen las siguientes ventajas:

    • a) Tienen preferencia a cualquier otro crédito, sin contar los alimentos de familiares del empleado declarados de manera judicial
    • b) El sueldo de los empleados, no se afectará por concurso, quiebra o sucesión y se abonará con carácter inmediato.


    DETALLE DE VACACIONES Y DECIMOTERCER SUELDO


    VACACIONES


    Artículo 76. Todo empleado posee el derecho a gozar de quince días de descanso continuado y pagado en concepto de vacaciones, por cada seis meses de labor continuada al servicio de un mismo empleador.


    CALCULO BASE


    Artículo 78. Las vacaciones se abonarán realizando el cálculo en función al último sueldo ordinario generado por el empleado.

    En el supuesto de sueldos variables, se realizará el cálculo en función al sueldo ordinario promedio de los últimos seis meses. 



    EJEMPLO DE MODELO DE LIQUIDACIÓN LABORAL EN NICARAGUA












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