CERTIFICADO DE CONVIVENCIA
A 27 días del mes de Setiembre del 2016. Ante mí, Nestor Andrade Zamallora, Notario del Ilustre Colegio de Abogados.
Comparecen: Don Raul Torres Villalobos, con DNI Nº 32174156. Doña Andrea Caceres Perez, con DNI Nº 95175382. Interviene : Me aseguro de su identidad por su reseñado documento. Juzgo con capacidad legal para formalizar la presente escritura de UNION DE HECHO, y al efecto. EXPONEN: I.- Que conviven maritalmente desde el mes de Enero del 2000. .
II.- Que no tienen impedimento para contraer matrimonio entre sí; ni en los últimos seis meses han tenido vigente ningún documento público de convivencia anterior con otra persona. III.- Que manifiestan su voluntad de acogerse a la Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de uniones de hecho de la Comunidad de Perú, sujetando la suya a los siguientes
PACTOS: PRIMERO.- RELACIONES PERSONALES.– La pareja fija su domicilio en Avenida Tacna 862. Ambos contribuirán a los gastos comunes de la pareja (en el sentido del artículo 3 de la Ley), en proporción a sus rentas en cada momento y, si éstas no son suficientes, en proporción a sus bienes.
Se considerará contribución a los gastos la aportación al trabajo doméstico; o la colaboración de cualquiera de ellos, personal o profesional no retribuida o con retribución insuficiente, en la actividad profesional o empresarial del otro.
SEGUNDO.- RELACIONES PATRIMONIALES.– Cada miembro de la pareja conserva el dominio, disfrute y administración de sus bienes. Así lo dicen y otorgan los comparecientes.
Lima 27 de Setiembre del 2016. |