SR.
EXPEDIENTE:
FECHA
DE LA DENUNCIA: LUGAR:
MATRÍCULA:
,
mayor de edad, con domicilio en
, con D.N.I. núm.
, comparece y respetuosamente
EXPONE:
PRIMERO.-
Que con fecha , he sido denunciado por no
comunicar el nombre y domicilio del conductor de una presunta
infracción ,
por lo
que se le anuncia una sanción de Euros.
SEGUNDO.-
Que no
hallándose conforme con los hechos que se le imputan, ni con la
sanción propuesta, formula el siguiente (escrito
de alegaciones, recurso ordinario, de alzada, de reposición),
fundamentado en las siguientes
ALEGACIONES
1:
No se ha podido probar la personalidad del conductor y únicamente la
identidad del vehículo infractor que manifiesto, no iba conducido
por mi y que está a disposición continua de los numerosos miembros
de mi familia, aunque es el firmante quien habitualmente lo
conduce.
2: Niego que en tal fecha y momento haya sido yo el
conductor y no estoy en condiciones de averiguar qué miembro de mi
familia pudo haber conducido el vehículo en tal momento.
3:
Es verdad que el artículo 72.3 de la Ley de Seguridad Vial establece
una supuesta obligación por parte del conductor denunciado de
identificar al conductor responsable de la infracción, si fuere
requerido para ello y si incumpliere esta obligación en el trámite
procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado
pecuniariamente como autor de la falta grave.
TERCERO.-
Acogiéndome al plazo legal de quince días para realizar las
alegaciones que sobre la denuncia y hechos ocurridos tenga
pertinentes, dentro del mismo hago las siguientes alegaciones en mi
defensa; rechazando la denuncia con base en los siguientes
fundamentos:
Rechazo
de plano la eficacia jurídica de este precepto con base en lo
siguiente:
a).-
Es real la existencia de la Disposición, pero la misma va en contra
de los Principios Generales del Derecho y del propio Ordenamiento
Jurídico superior, entre el que se encuentra la misma Constitución
Española. No respeta la jerarquía normativa y por tanto carece de
eficacia válida.
No
me corresponde a mi, posible infractor, el probar culpabilidad alguna
y no tengo por qué hacerlo. La carga de la prueba corresponde al
denunciante.
Son
clarísimos sobre el particular los siguientes Principios Generales
del Derecho, los cuales tienen el rango de Fuente de Ley, a tenor de
lo que dispone el artículo primero del Código Civil. Son, entre
otros, aplicables al caso, los siguientes:
"Actoris
est probare" (El actor debe probar)"
"Affirmandi
incumbit probatio" (La prueba incumbe al que afirma)
"Actore
non probante,reus est absolvendus" (Si el actor no prueba, hay
que absolver al demandado)
Es
principio informante de nuestra ley Procesal Penal (Ley de
Enjuiciamiento Criminal) que a las partes acusadoras como dice
Fenech, incumbe probar los hechos constitutivos de infracción,
mientras que las partes acusadas tienen la carga de probar los hechos
impeditivos o extintivos de la responsabilidad, labor ésta que
realizo en este momento.
Cada
parte ha de soportar la carga de probar aquellos datos de hecho que
constituyen el supuesto fáctico de la norma que le es favorable.
Tales
principios como ya se expresó, están identificados con los que
rigen el Procedimiento Administrativo.
Con
fin de asegurar la prueba existe una exigencia legal, la cual, es a
su vez, reforzamiento claro de todo lo que yo manifiesto en mi
defensa. Los Agentes actuantes no la han cumplido Dice el articulo 77
de la Ley de Seguridad Vial:
"Las
denuncias de carácter obligatorio formuladas por Agentes de la
Autoridad, se notificarán en el acto al denunciado, haciendo constar
en la misma los datos preceptivos".
Yo
no debo ni puedo pagar las consecuencias ni de un incumplimiento de
la normativa por parte del denunciante o denunciantes, ni por su
falta de eficiencia ni tampoco por un deficiente montaje de su
servicio.
b.- Rechazo asimismo responsabilidad alguna por esta
mi negativa a identificarme o identificar a los míos por dicha
infracción presunta.
4.-
El precepto de la Ley de Seguridad Vial de Seguridad Vial ataca
directamente al principio de la presunción de inocencia consagrado
en el articulo 24 de la Constitución a la que me acojo en amparo.
Esto significa que no puede presumirse la culpabilidad sino que debe
de ser probada tal actitud, y de ahí la importancia que se da
jurídicamente al significado del vocablo "Hechos probados",
sostén y fundamento del procedimiento penal fuera de su fase
inicial.
El
artículo 24 de la Constitución, hace además, referencia expresa y
tutela, como garantía inatacable a otros dos principios:
"
No confesarme culpable"
"A
no declarar contra mi mismo"
Ambas
confesiones se me piden al amparo de la Ley de Seguridad Vial.
Considero esto como una ofensa a la Constitución, "Ley de
Leyes".
El
artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal desarrolla las
garantías personales del detenido, entre las que se encuentran las
citadas últimamente. Lo hace de una forma lapidaria. La vulneración
de este precepto no solamente conlleva la nulidad de las actuaciones
sino que la obtención de pruebas en contrario es ilegal.
El
artículo 194 del Código Penal castiga a la Autoridad o funcionario
público que impidiera a una persona el ejercicio de los derechos
cívicos reconocidos por las Leyes.
5:
La aplicación de toda la anterior normativa puede considerarse
anticonstitucional y además, incide directamente en otro bien
jurídico de que se me priva: la Defensión. Es meridiano el párrafo
primero del mismo artículo 24 de la Constitución, el cual dice
textualmente: "Sin que en ningún caso pueda producirse
indefensión".
En
el presente que nos ocupa analizar, la indefensión en que se me
pone, es manifiesta e irrefutable. Estoy ante una violación del
artículo 24, ya que la pretensión aplicada me arrebata la garantía
de tutela jurídica efectiva que me garantiza la Constitución.
6:
Por último se considera existe una vulneración del principio de la
personalidad de las penas y sanciones, básico en el Derecho Penal.
La
pena se pone por el Estado al culpable de una infracción criminal;
la sanción, por el Estado o la Administración Pública competente
al responsable de una infracción administrativa.
Dos
son, pues, dice Puig Peña, los puntos de referencia del poder
punitivo del Estado: el autor y el acto. No se puede imponer ninguna
pena ni sanción mas que el autor del hecho punible o sancionable
debidamente probado. No es suficiente una mera presunción basada en
una posible negativa del titular a identificar al conductor de un
vehículo para hacer recaer la sanción sobre una persona, probable o
posiblemente inocente, o, en el mejor de los casos, cuya autoría no
ha sido probada . Estas y no otras son las consecuencias si se aplica
el texto de la Ley de Seguridad Vial en los puntos controvertidos que
se han venido examinando.
Dos
conclusiones se desvían de la aplicación de este principio:
a)
Su
enunciado y aplicación son terminantes en el Derecho Penal moderno y
viene concebido como un principio de justicia absoluta. Tiene la
autoridad de un postulado de Derecho Penal. Afirma el ilustre
penalista citado, Fiscal del Tribunal Supremo, que ninguna utilidad
pública o privada, por grande que sea, puede justificar jamás que
la pena o la sanción recaiga sobre persona distinta del culpable o
infracción.
Por
todo ello:
SOLICITA,
se sirva admitir el presente escrito, tener por hechas las
manifestaciones contenidas en el mismo, previas las manifestaciones
oportunas y demás tramites de rigor, por considerarles
FUNDAMENTALES, se de traslado de las mismas a esta parte, y a su
tenor acuerde dejar sin efecto la denuncia y la sanción anunciada.
En
, a
.
Fdo..:
Sr.
Buenas tardes:¶¶Me gustaría saber si tienen algún modelo para presenar un recurso contencioso administrativo contra una multa de aparcamiento. Me denuncian un dia en Valladolid cuando mi vehículo estaba en Madrid. Recurré en primera instancia y aporté documentos para probar que estaba enMadrid a esa hora y ese día, pero lo han desestimado por parte del ayuntamiento.¶¶Cómo puedo recurrir, argumentando indefensión además de insistir en que me encontraba en Madrid.¶¶Muchas gracias¶
He presentado alegaciones contra una multa de tráfico por no notificar datos del conductor, comunicando que el mismo conductor se persono en la policia para identificarse, 1 día después de los hechos. En la respuesta a las alegaciones me dicen que no hay constancia de ello y que el agente se ratifica. Estoy haciendo gestiones para conseguir un justificante de la veracidad de identificación, porque es cierto y yo fuí testigo de ello. ¿tengo que hacer otras alegaciones?. ¿Tengo que esperar la resolución para hacer un recurso?. Estoy indignada de la desidia demostrada, ya que en la policia figura la declaración. Muchas gracias.
Buenos dias, mi caso es el siguiente, a fecha de hoy he recibido notificacion de multa de trafico por un importe de 310€, la infraccion fué en junio de 2009, exceso de velocidad en un radar, la sancion primera fué de 100€, en mi carnet de conducir consta una direccion en la que actualmente no vivo pero tambien un apartado de correos el cual si está en uso, recojo diariamente el correo, al parecer me han enviado sucesivas cartas a la direccion de la vivienda, pero nunca han llegado a mi poder, hasta hoy mismo que la he recojido en el apartado en correos. No tengo ni fotografia del radar, ni mas informacion al respecto, he llamado a trafico y me han dicho que ellos no tienen la culpa del mal funcionamiento de correos, y que pague y le envie un recurso de alzada si no estoy conforme, me encuentro en total indefensi,on, mi pregunta es ¿pago y me olvido? ¿pago y reclamo? ¶Agradecere su respuesta
Mª Antonia Ródenas Monteagudo¶Buenos dias, mi caso es el siguiente, a fecha de hoy he recibido notificacion de multa de trafico por un importe de 310€, la infraccion fué en junio de 2009, exceso de velocidad en un radar, la sancion primera fué de 100€, en mi carnet de conducir consta una direccion en la que actualmente no vivo pero tambien un apartado de correos el cual si está en uso, recojo diariamente el correo, al parecer me han enviado sucesivas cartas a la direccion de la vivienda, pero nunca han llegado a mi poder, hasta hoy mismo que la vi en el boletin de 4 de mayo.mi pregunta es ¿pago y me olvido? ¿pago y reclamo? Agradecere su respuesta Además es que en ese tiempo tuve que hacer un traslado de vivienda,. Yo, por mi trabajo de entoces (delegado comercial de la zona de Aragón, Rioja y Navarra estaba siempre fuera de Zaragoza)
Hola , Me llego una multa por no identificar al conductor de 600 euros, pero yo no he recibido nada , ¿ Que debo hacer ? ¿ Y como ?
me ha llegado una multa de 400€ por no identificar al conductor, pero yo no he recibido ninguna notificacion de ningun tipo, nada mas que esta,aunque tráfico dice que me han requerido debidamente ¿ que debo hacer ?
Recibí y aboné en su momento una multa por no respetar un semáforo; sin embargo, no indiqué (dentro de los 15 días hábiles) que era otra persona quién conducía.¶Ahora recibo comunicación de la retirada de los 4 puntos pertinentes.¶Puedo realizar la consiguiente reclamación para que retiren los puntos al infractor?¶En que documento?¶Gracias.
Me ha llegado un apremio de pago de hacienda por importe de 310 euros más intereses de 73 euros.Me dicen que me mandaron una notificacion con anterioridad. Notificación que no llego a mi domicilio. Dicen en trafico tener dos direcciones mias a las que lo enviaron. Las dos no son del todo correctas o el cartero se hizo el loco. Ruego me digan que puedo hacer y me envien alguin modelo de recurso frente a hacienda o frente a trafico. En trafico me dicen que es por exceso de velocidad pero no me dicen donde ni me enseñan alguna prueba fotografica del mismo. y hace tanto tiempo (abril del año 2009)que cualquiera sabe ahora...¶Muchas gracias por todas aquellas respuestas.¶
Buenas me llego una multa de trafico,un radar,pero yo no conducia el vehiculo,en la web de la dgt e identificado al conductor,y no se si ahora hay qu esperar a que le llegue la multa a el o hay que pagarla ya,gracias.
Mi caso es el mismo que el de Marta, infraccion por exceso velocidad, por radar. El domicilio distinto al NIF, y cuando me entero ya esta publicada en el BOE. ¿Debo recurrir, o pagarla?.Muchas gracias
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
mi caso es parecido a los anteriores, denuncia de 300,00 euros que recibo ahora por no identificar al conductor, es una multa por exceso de velocidad que nunca se me ha notificado, no es mi direccion actual pero si la de mis padres y ellos no han recibido nada ( parrece ser que las notificaciones se hicieron en agosto y correos agosto es nulo ), podría recurrir?muchas gracias..
Me pusieron una mula por circular a una velocidad superior a la permitida. Cuando me la notifican dicen que no fue posible identificar al conductor por un fallo en las trasmisiones, entonces que tengo yo que identificarlo. En plazo permitido procedí a identificar al conductor. Como no lo dieron localizado me envían a mi una multa que triplica el valor de la enterior y me dicen que es por no dar información veraz del conductor de la denuncia. Que puedo hacer? muchas gracias
Me pusieron una mula por circular a una velocidad superior a la permitida. Cuando me la notifican dicen que no fue posible identificar al conductor por un fallo en las trasmisiones, entonces que tengo yo que identificarlo. En plazo permitido procedí a identificar al conductor. Como no lo dieron localizado me envían a mi una multa que triplica el valor de la enterior y me dicen que es por no dar información veraz del conductor de la denuncia. Que puedo hacer? muchas gracias
Me pusieron una mula por circular a una velocidad superior a la permitida. Cuando me la notifican dicen que no fue posible identificar al conductor por un fallo en las trasmisiones, entonces que tengo yo que identificarlo. En plazo permitido procedí a identificar al conductor. Como no lo dieron localizado me envían a mi una multa que triplica el valor de la enterior y me dicen que es por no dar información veraz del conductor de la denuncia. Que puedo hacer? muchas gracias
A los que se le ocurriese usar este modelo de carta, no sirve para nada. Es un delito no denunciar una infracción cunado tenemos constancia de ella, pero normalmente no se aplica sanción. Y el derecho a no declara contra un conyuge sólo es aplicable en algunos casos no en todos, por lo que sólo vas a marear la perdiz y acabar pagando más por demora. En el caso de José Luís, probablemente el conductor denunciado negó las acusaciones y de ahí tu sanción (acusación falsa o incompleta), Si identificas correctamente al conductor proceden a enviarle la multa a esa persona. Y si no puedes saber quien cogió tu coche, es tu error por ser el propietario el depositario de la guardia y custodia del vehículo, cada uno es responsable de sus propiedades, como si tu perro ataca a otra persona.
He recibido una multa de 900 eur por no identificar al conductor, no siendo cierto, ya que tengo el comprobande del fax conforme lo envié. Que modelo he de hacer servir para recurrir la sanción?. Gracias
A mi me solicitan 600 euros por no identificar al conductor cuando envie la identificación por correo. ¿Que puedo alegar?. Gracias
Buenos dias:Ayer se persona la guardia civil para retirame el carnet por 4 multas por no llevar el cinturon de seguridad.Dos firmadas y dos sin firmar.Todas del 2008 y 2009,enviadas a otra direccion de mi domicilio.Como puedo reclamar que para me devuelvan mi carnet¶Israel
la identificación de un vehiculo no se hace por medio de la matricula. la matricula es un indicio pero la identificación se realiza por medio del nº de bastidor del vehiculo. una matricula puede estar CLONADA, es decir, alguien ve un seat cordoba verde ygual que el que el suyo, anota la matricula y la falsifica ¿acaso no se pueden falsificar las matriculas y circula por ahí con un coche clonado saltandose radares. todas las multas iran a nombre del titular del vehiculo verdadero. solución. se denuncia la posible circulacion de un vehiculo con matricula clonada. seguidamente se formulan alegaciones aportando copia de la denuncia y el testimonio de alguin pariente que jura que en el momento de la multa tu te encontrabas con él pescando en el río. se propone como prueba el testimonio de tu amigo o familiar y, el radar queda fuera de juego. en inglaterra es muy comun la circulacion de coches clonados. ya se que aqui las placas de matricula tienen mas mediudas de seguridad, pero las medidas de seguridad no se ven en la foto del radar y puede ser una chapa pintada. por otra parte hay muchos casos en la jurisprudencia de placas falsas como para que te puedan decir que la clonacion de un coche es imposible.
He recibido notificación de expediente sancionador por no identificar a conductor, pero jamás se me notificó que lo debiera hacer. ni siquiera sé de que multa se trata. Que hago?
Buenas. Mi caso es que nos pusieron una multa de aparcamiento, la cual recurrimos. Ahora nos llega otra de 600€ por no identificar al conductor!!! ¿Es esto posible? Cuando el punto C dice claramente: "en caso de NO haber sido usted la persona responsable de la infracción tiene la obligación de identificar..." En caso de NO HABER SIDO USTED, yo entiendo que si no identifico a nadie, habré sido yo, ¿no? Por favor, necesito saber si se puede recurrir, o si más tarde nos llegará otra sanción más grave todavía..
hola buen dia, me gustaria saber si tienen algun modelo de notificacion para notificar a los choferes por exesos de velocidad en rutas provinciales y nacionales asi mismo si esta respaldado por algun articulo. desde ya muchas gracias
me han puesto una multa por: NO RESPETAR LAS SEÑALES DE LA AUTORIDAD QUE REGULAN LA CIRCULACIÓN. HACE CASO OMISO A CLARA SEÑAL DE ALTO DEL AGENTE DENUNCIANTE PARA NOTIFICARLE SANCION RADAR.¶Esta múlta viene de una sanción por radar en la cual despues de notificarme la velocidad (87Km/h en zona limitada a 70km/h) especifica "NO NOTIFICADA POR ESTAR NOTIFICANDO A OTROS USUARIOS"¶Logicamente se contradicen. ¿Como puedo recurrir esta multa?
¶Buenos días.Me han puesto dos multas a mi coche de 300 euros cada una por no parar en un control de la guardia civil.El caso es que fue mi suegra que al ser Mexicana nose sino se enteró de la seña del guardia o que.El caso es que estoy dispuesto a pagarlas pero quiero quiero identificarla a ella.Es posible?Además en la multa identifica a una mujer.
Buenos días.Me han puesto dos multas a mi coche de 300 euros cada una por no parar en un control de la guardia civil.El caso es que fue mi suegra que al ser Mexicana nose sino se enteró de la seña del guardia o que.El caso es que estoy dispuesto a pagarlas pero quiero quiero identificarla a ella.Es posible?Además en la multa identifica a una mujer.
Buenos días.Me han puesto dos multas a mi coche de 300 euros cada una por no parar en un control de la guardia civil.El caso es que fue mi suegra que al ser Mexicana nose sino se enteró de la seña del guardia o que.El caso es que estoy dispuesto a pagarlas pero quiero quiero identificarla a ella.Es posible?Además en la multa identifica a una mujer.
Buenos días.Me han puesto dos multas a mi coche de 300 euros cada una por no parar en un control de la guardia civil.El caso es que fue mi suegra que al ser Mexicana nose sino se enteró de la seña del guardia o que.El caso es que estoy dispuesto a pagarlas pero quiero quiero identificarla a ella.Es posible?Además en la multa identifica a una mujer.
hola soy carlos queria saber si puedo recurrir una multa por que me ha venido con los datos de mi nombre en este caso loas apellidos al contrario es de zona azul
Y a esto le llaman estado de derecho??