MODELODE

Recursos de multas
  de tráfico

Modelos de cartas
  de trabajo

  Esta en Modelo de  - MODELOS DE RECURSOS DE MULTAS DE TRAFICO
Modelos de solicitud
Modelo de contrato
Modelos de recursos de multas de trafico
  • Recursos de multas por conducir sin cinturon de seguridad
  • Recursos de multas por alcoholemia
  • Recursos de multas por conducir sin el casco reglamentario
  • Recursos de multas por no notificar los datos del conductor
  • Recursos de multas por hablar con el telefono movil
  • Recursos de multas por efectuar un giro prohibido
  • Recursos de multas por adelantamiento
  • Recursos de multas por exceso de velocidad
  • General para recurrir multas de trafico
  • Recursos de multas por aparcamiento
  • Recursos de multas por aparcar en prohibido
  • Recursos de multas zona azul (ora)
  • Recursos de multas por aparcar en la acera
  • Recursos de multas por aparcar en doble fila
  • Escrito de descargos en expediente por incumplimiento de normas sobre investigacion de la alcoholemia
  • Recursos de multas por aparcar en zona de peatones
  • Recurso de alzada
  • Recursos de reposicion
  • Recurso contencioso admimistrativo
  • Recurre una multa de trafico que le pusieron mientras atracaba un banco
  • Recursos de las multa por entorpecimiento de la circulacion
  • Recurrir una multa de trafico en barcelona
  • Modelos de curriculums
    Modelos de cartas
    Modelos de certificados
    Modelo de acta
    Modelos de demanda
    tipos de modelos
    Ejemplo de
    Modelos de facturas
    Modelos de presupuestos
    Modelo de nomina
    Modelos de liquidacion
    Modelos de encuesta
    Sin clasificar
    Modelos matematicos
    Modelos de balance
    Modelos de minuta
    Modelos de recursos de multas por fumar
    Modelo atomico
    Modelos de examenes
     
     
    Otras páginas
      Remedios para
     

    Modelos de recursos de multas por alcoholemia

    ¿Cuál es la tasa máxima de alcoholemia el España?

    La tasa máxima de alcohol en sangre perimitida en españa es

    • GENERAL: 0,25 mg/l  0,5 g/l
    • NOVEL: 0,15 mg/l  0,3 g/l
    • PROFESIONAL: 0,15 mg/l  0,3 g/l


    Tasa máxima de alcoholemia permitida en la normativa administrativa de tráfico:

    CONDUCTOR

    Tasa de alcoholemia en aire

    TASA de alcohol en sangre

     GENERAL

     0,25 mg/l

     0,5 g/l

     NOVEL

     0,15 mg/l

     0,3 g/l

     PROFESIONAL

     0,15 mg/l

     0,3 g/l

     

     

     

    ¿Cómo recurrir una multa por alcoholemia?

    • Presentar el recurso de multa por alcoholemia antes del plazo de 20 días naturales desde que llega la notificación de la multa.
    • Dirigir el recurso de multa al jefe de la jefatura de tráfico de la provincia donde se produjo la infracción
    • Escribir un recurso de multa acorde a la infracción por superar el límite de tasa de alcoholemia, por ejemplo el siguiente escrito.
    • Entregarlo en la jefatura de tráfico y pedir una copia para nosotros.

     

     

    Modelo 01 para multas por alcoholemia

     

    SR. ..........

    EXPEDIENTE: ..........     

    FECHA DE LA DENUNCIA: ..........      LUGAR: ..........      MATRÍCULA: ..........     

    Don .........., mayor de edad, con domicilio en .........., con D.N.I. núm. .........., comparece y respetuosamente.

    EXPONE

    PRIMERO.- Que con fecha .......... , he sido denunciado por infracción en base al siguiente hecho: ".............................." incoado con ocasión de (una supuesta infracción de tráfico, una accidente de tráfico, un control preventivo), por lo que se le anuncia una sanción de ..........Euros.

    SEGUNDO.- Que no hallándose conforme con los hechos que se le imputan, ni con la sanción propuesta, formula el siguiente (ESCRITO DE ALEGACIONES, RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN), reconocido en el vigente artículo 13 del Reglamento sancionador en materia de tráfico, que fundamento en las siguientes

    ALEGACIONES

     1:.- FALTA DE ACREDITACIÓN DE LOS HECHOS OBJETO DE LA DENUNCIA.

    la sanción anunciada supone una transgresión del principio de responsabilidad personal que rige en todo procedimiento administrativo sancionador considerado por la jurisprudencia v la doctrina como uno de los limites del "ius puniendi" derivado del principio de culpabilidad, en virtud del cual no se ha de condenar si no es en virtud de elementos probatorios claros y contundentes.

    Según este criterio jurisprudencial, la presunción de inocencia, deberá respetarse por la Administración y destruirla, en su caso con verdaderas pruebas de cargo, las cuales no podrán ser suplidas por la libre estimación de ningún funcionario.

    En todo caso, y como bien tiene reconocida nuestra prolifera jurisprudencia al respecto, los informes que se incorporen, han de ser siempre objetivos, completos v concretos, debiendo referirse no solamente a las circunstancias que concurren en la infracción denunciada, pero también a las alegaciones que el denunciado haya realizado en su momento, absteniéndose en todo momento de calificar jurídicamente los hechos.

    A mayor abundamiento, la presunción de inocencia lleva aparejada la necesidad de que la administración corra con la carga de la prueba, a efectos de demostrar todos y cada uno de los elementos de hecho necesarios para poder imponer una sanción.

    En consecuencia, y aplicando lo dispuesto en el artículo 137 de la LRJ-PAC, los hechos que fundamenten la presente resolución no pueden ser otros que los que hayan resultado probados.

    2:.- INCOMPETENCIA DEL ORGANO SANCIONADOR (Solo en el caso de administración local)

    La resolución dictada infringe lo establecido en el artículo 67.1-4 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo en lo que se refiere a la graduación de las sanciones y al órgano competente para la resolución del expediente y la referencia de la norma que le atribuya tal competencia.

    En materia de circulación y seguridad vial, a tenor de lo que establece el artículo 5 del Real Decreto legislativo 339-1990, por el que se aprueba el texto de la denominada Ley de Seguridad Vial, la competencia para expedir, revisar, anular y suspender permisos y licencias de conducir corresponde al Ministerio de Interior, delegada esta última a las autoridades provinciales de tráfico (artículo 68 de la Ley de Seguridad Vial). Así las cosas, surgen dudas sobre la competencia del Ayuntamiento de Madrid.

    Según la redacción del art. 67 que establece que: "En el caso de infracciones graves podrá imponerse además la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción hasta tres meses. En el supuesto de infracciones muy graves esta infracción se impondrá en todo caso ", habría que imponer en este supuesto la mencionada suspensión de la autorización administrativa para conducir, pero al entender que es materia reservada exclusivamente al Ministerio del Interior, debemos concluir que el Ayuntamiento de Madrid es incompetente para dictar la mencionada resolución debiéndose por tanto cancelar el expediente sancionador.

    C).- INDEBIDA GRADUACION DE LA SANCIÓN.

    La sanción que se pretende imponer, la consideramos, en todo caso, improcedente y nula de pleno derecho, por cuanto para su graduación no se ha tenido en cuenta la normativa vigente en la materia.

    La imposición de la presente sanción incumple manifiestamente lo dispuesto en el articulo 129.3 de la LRJ-PAC, del mismo modo, es necesario recordar que las sanciones tal y como vienen recogidas en la L. S. V. son indeterminadas, sin cuantificar ni correlacionar con la infracción concreta, debiendo graduarse en atención a la gravedad y transcendencia del hecho, a los antecedentes del infractor y al peligro potencial creado.

    En consecuencia, teniendo en cuenta que no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 69-1 de la L. S. V. estimamos que la sanción debería aplicarse la sanción en su grado mínimo.

    D).- REMISIÓN DE AUTORIZACIÓN Y VERIFICACIÓN DE EL (ALCOHOLÍMETRO O ETILÓMETRO) UTILIZADO. Dado que el aparato utilizado me ofrece serias dudas de su correcto funcionamiento solicito que me sea enviada copia su autorización y verificación.

    E).- FALTA DE CONTRASTE MEDIANTE ANÁLISIS CLÍNICO.

    Que una vez realizadas las pruebas pertinentes no se me ofreció la posibilidad de contrastarlas con un análisis clínico.

    F).- CONTRADICCIONES EN LOS SÍNTOMAS OBSERVADOS POR LOS AGENTES ACTUANTES. (Comprobar sí los síntomas tienen contradicciones entre sí, pj. Ojos apagados y enrojecidos, rostro congestionado y pálido)

     

    Por todo ello:

    SOLICITA, se sirva admitir el presente escrito, tener por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, previas las manifestaciones oportunas y demás tramites de rigor, además de que se cumplimenten las PRUEBAS SOLICITADAS, por considerarlas FUNDAMENTALES, se de traslado de las mismas a esta parte, y a su tenor acuerde dejar sin efecto la denuncia y la sanción anunciada.

    En ..........a .....................

     

    Fdo...........

     

    Sr...........

     

     

     


    Archivos adjuntos

    - Modelo 01 para multas por alcoholemia Modelo 01 para multas por alcoholemia




    MODELO DE ESCRITO DE DESCARGOS EN EXPEDIENTE POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS SOBRE INVESTIGACION DE LA ALCOHOLEMIA
    [...+]

    Modelos anteriores

     
    Pollo
    Gracias, aunque necesito una para Argentina, pero igual me es de gran ayuda. Saludos
     



    Texto de prueba, jslehhegotgjkr, es la palabra para experimento del primer enlace. Segunda palabra con kw aun desconocida tanto en origen como en destino, ppeytolrkrset será para el segundo enlace Modelode Contenidos: Modelo De .Com, 2007 - 2021 |Mapa web |Más modelos | bozales para saltamontes | Bozales para trilobites | Todos los derechos reservados