Prorroga de contrato

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Entre Don/Doña , domiciliado en , con Documento de Identidad número, estado civil en carácter de LOCADOR y Don/Doña , domiciliado en , con Documento de Identidad número, estado civil en carácter de LOCATARIO se celebra el siguiente convenio sujeto a las cláusulas y condiciones que se detallan:

PRIMERA: En la fecha el LOCADOR y el LOCATARIO celebraron un contrato de locación con relación al inmueble sito en la calle Piso ___ Departamento ___ de la Ciudad de Provincia de contrato que fue suscrito también por Don con N° y Don con como fiadores lisos, llanos y principales pagadores de todas y cada una de las obligaciones emanadas del citado contrato para el locatario.

SEGUNDA: Por convenio suscrito por ambas partes y los fiadores, el contrato individualizado en la cláusula anterior deciden prorrogar el referido contrato de locación respecto del inmueble individualizado en la cláusula primera del presente desde el día del mes del año , hasta el día del mes del año .

TERCERA: El precio de la locación se conviene en Euros  a partir de la fecha establecida en la cláusula anterior.

CUARTA: Se considera vigente por mutuo y total acuerdo las obligaciones establecidas en el citado contrato originario por todo el período de prórroga pactado, quedando perfectamente aclarado que el presente acuerdo no produce la novación del mismo teniendo plena vigencia pues solo se ha prorrogado su vigencia en el tiempo y ajustado únicamente por libre voluntad de las partes el precio de la locación.

QUINTA: Los fiadores consignados en la cláusula Primera se obligan a seguir afianzando en los mismos términos que se estipulan en la Cláusula ___ del contrato original por todas las obligaciones que se deriven de dicho contrato prorrogado y del presente convenio para el locatario durante todo el lapso de ocupación del inmueble y hasta la devolución del mismo a satisfacción del locador en los términos establecidos en el mismo, manteniendo desde ya la renuncia a los beneficios de excusión y división.

SEXTA: A efectos de cualquier cuestión judicial o extrajudicial inherente al cumplimiento del presente contrato fijase la jurisdicción de los tribunales ordinarios de con exclusión de cualquier otra jurisdicción. Renunciándose al derecho de recusar sin causa.

SEPTIMO: Las partes y los fiadores mantienen los domicilios especiales establecidos en el contrato originario.
En la Ciudad de a los días del mes del año leído que es el presente instrumento y de plena conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Se deja constancia que cada parte y los fiadores hacen retiro de su ejemplar.

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