El modelo de subrrogación determina que los derechos de la persona acreedora puedan ser transmitidos incluyendo todos los permisos a una tercera persona que haya pagado la deuda, este tipo de contrato es muy similar al contrato de cesión de créditos.
La obligación que se da con este tipo de contrato subsiste por hacer un favor a un tercero. ya que se realiza un cambio de acreedor, sin la extinción de la deuda, ya que aunque se realice el pago con subrogación no se llega a extinguir el crédito, sino más bien este es transferido.
La subrogación se clasifica en:
- Real: cuando la sustitución de una cosa por otra es de un patrimonio
- Personal: esta surrogación es cuando se realiza la sustitución de una persona por otra en el crédito
- Legal: esta subrogación es de pleno derecho, por consiguiente requiere que conste por escrito.
En resumen el contrato de subrogación de una deuda sirve para transferir a un nuevo acreedor todos los derechos y garantías que tuvo anteriormente el acreedor inicial, de tal manera que tanto al deudor principal como el tercer deudor se encuentren en la obligación de subsidiar, pero si se dá el caso que el pago sea parcial, la adquisición de derechos también será parcial.
A continuación un modelo de contrato de subrogación de deuda, el cual puede ser utilizado como ejemplo para realizar en el futuro un contrato de este tipo:
CONTRATO DE SUBROGACIÓN DE DEUDA
Conste por el presente documento, el contrato de subrogación de deuda que celebran de una parte, la empresa CHOCOLATES LA ESPAÑOLA, con domicilio en Plaza La Paz, y de la otra, el BANCO INTERNACIONAL, con domicilio en Calle Maruri Nº 667; en los siguientes términos:
PRIMERO
CHOCOLATES LA ESPAÑOLA declara que adeuda a BANCO FABALELA, el importes de 25.000 Euros.
SEGUNDO
Por el presente documento, el BANCO INTERNACIONAL formalizan su compromiso de asumir en forma conjunta y solidaria, la deuda a que se refiere la cláusula anterior, por lo que a partir de la fecha, se constituyen en deudores de la indicada suma, ante BANCO FABALELA.
TERCERO
BANCO FABALELA manifiesta su conformidad con la subrogación de deuda materia de contrato, reconociendo como deudores conjuntos y solidarios de la suma de 25.000 Euros.
CUARTO
BANCO INTERNACIONAL da por cancelada la deuda de 25 Euros que mantenía con CHOCOLATES LA ESPAÑOLA, dejando constancia que a partir de la fecha no tiene en absoluto nada que reclamarle con relación a las facturas a que se refiere la cláusula primera del presente contrato, de tal modo que no exigirá cargos adicionales, por intereses, gastos administrativos, ni por ningún otro concepto.
Las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.
Madrid, 15 de Junio de 2025. |