MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO
Este tipo de contrato de trabajo por tiempo indefinido de carácter ordinario , se toma como en el que las partes no conocen, a priori, cual va a ser lo que va durar el contrato de la relaciónde trabajo y realizan un pacto en el cual sus prestaciones se realicen sin límite de tiempo ni de duración.
Tendrán la característica de trabajadores fijos, todos aquellos que resulten de la modalidad de su tipo de contrato, todos aquellos que no sean dados de alta en la Seguridad Social una vez pasado unperiodo de tiempo igual al que de forma legal se fijara para el periodo de prueba. por esto mismo, se realizarán por tiempo indefinido los contratos temporales que se hayna celebrado en fraude de ley.
Si el contrato realizado,tiene una duración mayor que un año, los enecragados de su rescisión, tendrán que hacérselo saber a la otra parte con un tuiempo mínimo anterior de 15 días. haciendo referencia a la causa de la extinción del contrato el empleado tendrá derecho o no a indemnización.
Si se da el caso de rescisión de la relaciónde trabajo por despido reconocido o declarado improcedente, el empleado contará con derecho a a una indemnización que consistiría en 33 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de 24 mensualidades. Cuando se trate de un despido improcedente de un contrato formalizado con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha de entrada en vigor, y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior. El importe indemnizatorio no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que el cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor del Real decreto Ley 3/2012, resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará este como importe máximo, sin que dicho importe puedas ser superior a 42 mensualidades en ningún caso.
EJEMPLO DE CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO
Nombre del empleador.............., domicilio del empleador.................nombre del trabajador............dirección del trabajador.................lugar, fecha de nacimiento y nacionalidad....................... oficio que desempeñará el trabajador...................salario............pagadero por...............fecha de iniciación de labores.............lugar donde se desempeñarán las labores................................. ciudad donde ha sido contratado el trabajador.........................
Entre el empleador y el trabajador, de las condiciones ya dichas identificados como aparece al pie de sus correspondientes tirmas se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido además por las siguientes cláusulas: Primera. El empleador contrata los servicios personales del trabajador y este se obliga: a) A poner al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, en torma exclusiva en el desempeño de las tunciones propias del oticio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de contormidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes, y b) A no prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores, ni a trabajar por cuenta propia en el mismo oticio, durante las laborales a otros empleadores, ni a trabajar por cuenta propia en el mismo oticio, durante la vigencia de este contrato. Segunda. El empleador pagará al trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado, pagadero en las oportunidades ya señaladas. Dentro de este pago se encuentra incluida la remuneración de los descansos dominicales y testivos de que tratan los capítulos I y II del título VII del Código Sustantivo del Trabajo. Se aclara y se conviene que en los casos en los que el trabajador devengue comisiones o cualquier otra modalidad de salario variable, el 82.5% de dichos ingresos, constituye remuneración ordinaria y el 17.5% restante esta designado a remunerar el descanso en los días dominicales y testivos que tratan los capítulos I y II del título VII del Código Sustantivo de Trabajo. Tercera. Todo trabajo suplementario o en horas extras y todo trabajo en dia domingo o testivo en los que legalmente debe concederse el descanso, se remunerará contorme a la Ley así como los correspondientes recargos nocturnos. Para el reconocimiento y pago del trabajo suplementario, dominical o festivo el empleador o sus representantes deben autorizarlo previamente por escrito. Cuando la necesidad de este trabajo se presente de manera imprevista o inaplazable, deberá ejecutarse y darse cuenta de él por escrito, a la mayor brevedad, al empleador o sus representantes. El empleador, en consecuencia, no reconocerá ningún trabajo suplementario o en días de descanso legalmente obligatorio que no haya sido autorizado previamente o avisado inmediatamente, como queda dicho. Cuarta. El trabajador se obliga a laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro de las horas señaladas por el empleador, pudiendo hacer éste ajustes o cambios de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito de las partes, podrán repartirse las horas jornada ordinaria de la forma prevista en el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 23 de la Ley 50 de 1990, teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las secciones de la jornada no se computan dentro de la misma, según el artículo 167 ibidem. Quinta. Los primeros dos meses del presente contrato se consideran como período de prueba y, por consiguiente, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato unilateralmente, en cualquier momento de dicho periodo. Vencido este, la duración del contrato será indetinida, mientras subsistan las causas que le dieron origen y la materia del trabajo; no obstante el trabajador podrá dar por terminado este contrato mediante aviso escrito al empleador con antelación no interior a treinta días. En caso de no dar el trabajador el aviso, o darlo tardíamente, deberá al empleador una indemnización equivalente a................ Sexta. Son justas causas para dar por terminado unilateralmente este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del Código Sustantivo del Trabajo; y, además, por parte del empleado, las taltas que para el efecto se califiquen como graves en el espacio reservado para las cláusulas adicionales en el presente contrato. Séptima. Las invenciones o descubrimientos realizados por el trabajador contratado para investigar pertenecen al empleador, de contormidad con el artículo 539 del Código de Comercio, así como el articulo 20 y concordantes de la ley 23 de 1982 sobre derechos de autor.
OTRO EJEMPLO
CONTRATO A TERMINO FIJO CON SALARIO INTEGRAL
Nombre del empleador..................domicilio del empleador...............nombre del trabajador.....................dirección del trabajador..................lugar, fecha de nacimiento y nacionalidad.............. oficio que desempeñará el trabajador..................salario..............pagadero por EL EMPLEADOR,fecha de iniciación de labores..................lugar donde se desempeñarán las labores.....................ciudad donde ha sido contratado el trabajador..................
Entre el empleador y el trabajador, de las condiciones ya dichas identificados como aparece al pie de sus correspondientes firmas se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido además por las siguientes cláusulas:
Primera. El empleador contrata los servicios personales del trabajador y este se obliga:
a) A poner al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el dsempeño de las funciona propias del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e ¡nstrucciones que le imparta el empleador o sus representantes.
b) A no prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores, ni a trabajar por cuenta propia en el mismo oficio, durante la vigencia de este contrato. Segunda. El empleador pagará al trabajador por la prestación de sus servicios, bajo la modalidad de salario integral, el salario indicado y pagadero en la oportunidades anteriormente señaladas. Este salario además de retribuir el trabajo ordinario, comprende el pago de prestaciones, recargos y beneficios tales como los concernientes al trabajo nocturno, extraordinario o de horas extras, en días de descanso obligatorio, sobresueldos, descansos dominicales y festivos, primas legales y extralegales, la cesantía y sus intereses, los suministros en especie, los subsidios y, en general toda clase de prestaciones legales y extralegales. Tercera. El salario integral así convenido, se compone de Ia siguiente manera: la suma de y un factor prestacional equivalente a para un total de MENSUALES.
El trabajador imparte su acuerdo a la suma convenida, aceptando que ésta retribuye en su totalidad los conceptos enunciados en la cláusula segunda. Cuarta. El trabajador se obliga a laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro de las horas señaladas por el empleador, pudiendo hacer éste ajustes o cambios de
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