Ernesto Gamboa Ricas
Bilbao, a 15 de Diciembre del 2016
Muy señor nuestro:
Por la presente le comunico que con efectos de la misma causa baja en esta empresa por despido disciplinario, quedando rescindido su contrato de trabajo.
Las circunstancias que motivan dicha decisión empresarial es que desde hace tiempo sus superiores jerárquicos vienen observando en usted una disminución continuada, voluntaria e injustificada del rendimiento en el desempeño de su trabajo ordinario u obligaciones laborales.
Estos hechos se tratan de una infracción muy grave, con perjuicio económico para la empresa, recogido en el artículo 54, 2 apartado e) del Estatuto de los Trabajadores, siendo causa suficiente de despido disciplinario según el artº. 54, 1, de dicho cuerpo legal.
No obstante lo anterior, sin perjuicio de mantener la veracidad de las imputaciones realizadas, y a la vista de las dificultades probatorias existentes para acreditar los hechos relatados, esta empresa reconoce la improcedencia del despido realizado.
Por lo que, en virtud de lo establecido en el artº. 56.2 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, y a los efectos de evitar el devengo de los salarios de tramitación, se le oferta en concepto de indemnización la cantidad de x €uros.
De no producirse la aceptación del ofrecimiento de indemnización por despido que le hace la empresa, ésta procederá, en el plazo de 48 horas, a consignar la cantidad antes citada poniéndola a su disposición en el JUZGADO DE LO SOCIAL que por turno de reparto corresponda.
Con independencia y al margen de lo anterior, le informamos que tiene a su disposición la liquidación correspondiente a la totalidad de los emolumentos devengados hasta la fecha de finalización de la extinción de su contrato.
Sin otro particular, Atentamente.
Julian Lopez Doriga |