MODELO DE CARTA DE DESALOJO
Como se puede contemplar en su propio nombre, se denomina carta de desalojo a aquel escrito o documento, mediante el cual el dueño legítimo de un bien inmueble, bien una casa o local, pone ne conocimiento al correspondiente inquilino de la misma,que ha de proceder a abandonar la misma según los motivos y el periodo de tiempo estipulado por el propietario de la vivienda o inmueble. Se considera por esta misma situación un documento totalmente legal , o de carácter formal, que puede usarse además para poner en conocimiento del inquilino las futuras acciones que emprenderemos, en el supuesto de que éste no quiera proceder a abandonar el inmueble o la propiedad en periodo de tiempo máximo estipulado.
Si se considerase de extrema importancia, es aconsejable conocer como llevar acabo la redacción de este tipo de cartas de desalojo ,ya que la misma puede ser usada en procedimientos de carácter legal, como pueden ser actos judiciales, por lo que el contexto de la misiva será seguramente de gran importancia en la efectiva resolución de un conflicto. De la misma manera, lo que contenga dicha carta de este tipo es tenido kuy en cuenta y de gran importancia.
Se aconseja, que este tipo de escrito o documento, posea bien redactado la fecha de elaboración de la misma, el nombre del propietario e inquilino, una breve pero concisa explicación detallada y verídica de todo lo acontecido , por eso mismo este tipo de ordenamiento de desaloj de vivienda deberá de redactarse en un tono amable pero conciso , una nota informativa que ponga en conocimiento del inquilino, las probables acciones de carácter legal que se llevarían a cabo, si no se cumple lo que estima la carta y, para terminar, cerraremos con un párrafo en el que le volveremos a recalcar las causas de dicha misiva .
Cómo llevar a cabo la redacción de una carta de desalojo:
Este tipo de escrito de desalojo se toma o se refiere ,a aquella carta o documento mediante el cual se procede a la demanda del inquilino y se realiza la correspondiente solicitud de desalojo de la vivienda o del inmueble en el cual éste resida.
Según lo establecido en la ley de Arrendamientos Urbanos que los jueces de los municipios, y en su defecto, los comarcales ,tendrán conocimiento en primer lugar, de todos y cada uno de los pleitosque se lleven a cabo , ejercitando acción que se fundamente en derecho reconocido en esta Ley cualquiera que fuere la cuantía litigiosa, y especifica que el contrato de arrendamiento urbano, lo sea de vivienda o de local de negocio, podrá resolverse a instancia del arrendador por alguna de las siguientes causas:
- 1 - La carencia de pago del arrendamiento de la vivienda o de las cantidades en referencia a la misma en base a esta Ley.
- 2 - El haber llevado a cabo el subarrendado la vivienda o local de negocio sin la correspondiente autorización o permiso escrito del propietario.
- 3 - El ceder dicho inmueble por el inquilino sin el visto bueno ni permiso del arrendador.
- 4 - Llevar a cabo una transformación del inmueble en local de negocio o viceversa.
- 5 - Una vez el inquilino o propietario o todos aquellos que convivan con el mismo, dañen de manera alarmante la vivienda, o cuando se efectuen, sin el permiso del propietario , obras que cambien la estructuración de la vivienda o del local de negocio o que pongan en peligro la naturaleza y resistencia de los materiales utilizados en dicha construcción.
- 6 - Que se expropie por la fuerza la vivienda por la autoridad competente y por motivos de uso público.
- 7 -Que se declare en ruinas la citada vivienda o inmueble, por la Autoridad Municipal.
CAUSA LEGÍTIMA DE DESALOJO
Boletín de Información General
La Ordenanza Municipal Causa Legítima de Desalojo, tiene corno objective enumerar los doce (12) motivos legales de desalojo. El texto completo de la Ordenanza puede encontrarse en el sitio de internet de la Ciudad de Glendale:
DOCE CAUSAS LEGALES DE DESALOJO EN LA CIUDAD DE GLENDALE
El PROPIETARIO/ ARRENDADOR de una unidad de vivienda o propiedad podrá iniciar una causa de desalojo para tomar posesión de una vivienda sin alquiler solamente conforme a los siguientes fundamentos:
1. El Inquilino no ha pagado el alquiler al cual el Propietario/Arrendador tiene derecho.
2. El lnquilino no ha cumplido con los términos y condiciones del contrato de alquiler, y no ha corregido el problema después de haber recibido una notificación legal al efecto.
3. El Inquilino esta ocasionando o permitiendo una molestia. o conducta que interfiere con el uso de la propiedad. está ocasionando daños a la unidad de vivienda o a la propiedad.
Una molestia o conducta que interfiera con el uso de la propiedad es cualquier cosa que crea una interferencia ¡rrazonable con la comodidad, seguridad, o la cwacidad de otros residentes de dsfrutar de la vivienda o propiedad en su totalidad.
4. El Inquilino está utilizando o permitiendo que la unidad de vivienda o la propiedad sea utilizada para propósitos ilícitos. Esto incluye cometer actos ilícitos dentro de un radio de 1,000 pies de distancia alrededor de la propiedad.
5. La persona en posesión de la unidad de vivienda o propiedad en alquiler al final del plazo del contrato de alquiler es un sub-inquilino no aprobado por el Propietario/Arrendador.
6. El Inquilino ha rehusado al Propietario/Arrendador accesoo razonable a la unidad de vivienda o propiedad para realizar reparaciones o mejoras, inspecciones, o para mostrar la vivienda a un posible comprador o acreedor hipotecario.
7. El Propietario/Arrendador intenta, en buena fe, tomar posesión para demoler, o desempeñar cualquier otro tipo de trabajo a la propiedad o la unidad de vivienda, si: (i) el trabajo cuesta por lo menos ocho veces más que el alquiler mensual multiplicado por el número de unidades de vivienda donde se realizará la obra; y (ii) dicho trabajo hará que la unidad de vivienda sea inhabitable durante más de 30 días. En el caso que el Propietario/Arrendador esté convirtiendo la propiedad en condominio, se applicarán otros reglamentos de notificación separados.
8. El Propietario/Arrendador solicita, en buena fe, re-tomar posesión de la unidad de vivienda para el uso y ocupación de la misma por parte de: a) Un administrador residente (siempre y cuando no haya disponible una unidad vacante como alternativa o la propiedad ya no tenga un adminstrador residente). b) El Propietario mismo, o su cónyugue, abuelos, hermano/as, suegro/as, hermano/as políticos, hijo/as, o padres. c) Inquilinos que requieran consejería o administración por un trabajador social o profesional de salud como condición de su contrato de alquiler
9. El Propietario/Arrendador busca, en buena fe, tomar posesión de la unidad de vivienda o propiedad para quitarla permanentemente del mercado.
10. El Propietario/Arrendador busca, en buena fe, tomar posesión de la unidad de vivienda o propiedad para poder cumplir con una orden gubernamental de desalojo.
11. El Propietario/Arrendador busca, en buena fe, tomar posesión de la unidad de vivienda o propiedad para poder cumplir con un acuerdo contractual relacionado con las calificaciones de arrendamiento.
12. El Inquilino continua fumando en la unidad de vivienda o áreas comunes de la porpiedad donde fumar ha sido prohibido.
EJEMPLO DE MODELO DE CARTA DE DESALOJO
C/ Martinez Cubells, 2-15ª
46002-VALENCIA
Valencia. 4 de junio de 2016
Con fecha 1 de julio de 2016 la Generalitat Valenciana cuscribió con la arrendador:
LUVIaMAR S.L. contrato de arrendamiento del inmueble sito en la calle Martínez Cubana
número 2-5°-15ª de Valencia.
El Citado inmueble, adscrito a la actual Dirección General de Familia y Mujer, se destinó para
su uso por distintas asociaciones de mujeres de Valencia que comparten su espacio para el
desarrollo de sus actiwdades entre ellas la asociación que usted preside
El contrato de arrendamiento del inmueble ha sido objeto de prórrogas sucesivas
permitiéndole,. durante este tiempo, realizar en este inmueble actividades relacionadas con
sus fines.
No obstante. le informamos que por causas ajenas a esta direcció general, se va a
proceder a rescindir el citado contrato con fecha 30 de Junio de 2016,
Por este motivo, deberán abandonar esas instalaciones Junto con sus pertenencias con
anterioridad al 25 de junio de 2016, haciendo entrega de las llaves en la sede de esta
dirección general, sita en la calle Náquera, número 9 de Valencia.
Atentamente
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