En ... ..., a ... ... de ... ... de dos mil ... ...
REUNIDOS
De una parte, (Don/Doña)... ..., mayor de edad, (estado civil y, si es casado, el régimen económico-matrimonial)... ..., con domicilio en (población)..... ... (calle, avda., paseo, etc.)... ..., número... ..., provisto de N.I.F. ... ...
De otra parte, (Don/Doña)... ..., mayor de edad, (estado civil y, si es casado, el régimen económico-matrimonial)... ..., con domicilio en (población)..... ... (calle, avda., paseo, etc.)... ..., número... ..., provisto de N.I.F. ... ...
INTERVIENEN
... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
(Si los dos intervienen en su propio nombre y derecho constará así y, en caso de que alguno actúe en representación de una persona jurídica, identificarla por su denominación social, indicando el domicilio social y datos de inscripción en el Registro Mercantil, N.I.F. de la misma. También de identificarán los poderes que facultan para intervenir en el contrato indicando el Notario ante el que se otorgaron y la fecha de los mismos. También se hará en si alguno interviene en nombre de un tercero)
Ambas partes, en las respectivas calidades con que actúan, se reconocen mutua y recíprocamente plena capacidad legal para cuanto pasan a manifestar y convenir y de sus libres y espontáneas voluntades
DICEN
I. Que (Don/Doña)... ... es propietario del local sito en la ciudad de... ..., calle... ..., núm... ...
II. Que (Don/Doña)... ... se encuentra interesado en alquilar el local arriba mencionado,
III. Que las partes han convenido el arrendamiento del local de negocio mencionado, otorgándose a dicho fin el presente contrato que se regirá por los siguientes
-. E S T I P U L A C I O N E S .-
PRIMERA.- OBJETO
El arrendador cede en arrendamiento al arrendatario el local de negocio reseñado en el Expositivo I del presente contrato, para destinarlo a la actividad comercial de _______________.
La finca reseñada se encuentra libre de cargas y ocupantes, y cuya extensión, circunstancias, usos, características y servicios comunes y privativos conoce y acepta el arrendatario, el cual declara recibir la expresada finca en las condiciones que son de su conocimiento.
SEGUNDA.- DURACIÓN
El contrato de arrendamiento tendrá una duración de _____ AÑOSa partir de la entrega de la finca objeto del presente contrato, que se entenderá realizada el día __ de ____________ de 2.00_.
Llegada la fecha de vencimiento del presente contrato, la finca deberá quedar desalojada por el arrendatario, salvo que ambas partes acuerden expresamente la prórroga del contrato y la nueva renta a pagar.
TERCERO.- DESTINO DEL LOCAL DE NEGOCIO ARRENDADO
La finca arrendada deberá ser destinada única y exclusivamente a la actividad de ____________.
Si el arrendatario tuviese intención de cambiar dicha actividad deberá solicitar autorización expresa y por escrito de la parte arrendadora, siendo causa de resolución del contrato la variación de tal destino, sin la mencionada autorización.
La concesión de la autorización para el desarrollo de una actividad distinta de la establecida en el párrafo primero de la presente cláusula será potestativo y discrecional de la parte arrendadora.
CUARTA.- RENTA
El arrendatario satisfará al arrendador, como precio del arrendamiento la cantidad de __________EUROS AL AÑO (son______.- euros), esto es, _____________EUROS MENSUALES (son________.- euros), incrementada con el IVA correspondiente o impuesto que le sustituya, y aminorado con las retenciones que en Derecho correspondieren, pagaderas por meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes mediante transferencia bancaria a la cuenta que designe la parte arrendadora a tales efectos.
QUINTA.- ACTUALIZACIÓN RENTA
La referida renta se actualizará anualmente según las variaciones que experimente, en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, el índice de precios aplicable a las viviendas de alquiler, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya, tomando como base a actualizar en cada caso la renta vigente en el momento de la actualización.
Se considerará como fecha de referencia para actualizar la primera y sucesivas actualizaciones de la renta previstas en el párrafo anterior, el día de la entrada en vigor del presente contrato.
SEXTA.- OBRAS
La realización por el arrendatario de cualquier tipo de obras en la finca arrendada, precisará necesariamente y en todo caso, de la previa autorización escrita del arrendador, permitiendo el arrendador mediante la firma del presente documento la realización cuantas obras fuesen necesarias para poder destinar la finca a la actividad de guardería, quedando eximido de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros.
A la finalización del arrendamiento, las obras así realizadas quedarán en beneficio del arrendador sin derecho a reclamación alguna o indemnización de cualquier clase por parte del arrendatario. No obstante lo anterior, el arrendador podrá exigir al arrendatario que proceda, a su costa, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
SÉPTIMA.- CONSERVACIÓN DEL LOCAL
Serán por cuenta del arrendatario cuantas obras de conservación, reposición y reparación precise la finca, el cual deberá asimismo solicitar la correspondiente autorización escrita del arrendador para llevar a cabo dichas obras, respondiendo en todo caso de cuantos desperfectos se ocasionen con motivo de las mismas en la finca arrendada.
OCTAVA.- LICENCIAS.
Serán por cuenta y a cargo del arrendatario la solicitud, tramitación y obtención de los permisos y licencias oficiales de instalación, apertura y utilización de la finca arrendada.
Si cualquier autoridad administrativa impusiera la obligación de realizar cualquier tipo de obras o establecer cualquier instalación en la finca como consecuencia de las actividades llevadas a cabo por el arrendatario y/o derivadas del uso de la referida finca, el importe de todas ellas serán de cuenta y a cargo del arrendatario.
NOVENA.- FIANZA Y FORMALIZACIÓN
El arrendatario entrega al arrendador en este momento, el importe de ______________EUROS (son ______ euros), en concepto de fianza, equivalente a dos mensualidades de renta, quedando ésta afecta a las responsabilidades legales, y pactando las partes que además la fianza responderá igualmente del pago de la renta pactada. El arrendador devolverá al arrendatario el importe de dicha fianza a la terminación de este contrato si se han cumplido con todas y cada una de las obligaciones asumidas en el mismo.
El presente contrato sirve como la más fiel carta de pago que en Derecho pudiera otorgarse respecto de la fianza anteriormente citada.
No podrá exigírsele apremio ni interés alguno al arrendador por la cantidad entregada en este concepto.
DÉCIMA.- FACULTAD INSPECCIÓN
El arrendatario se obliga a permitir el acceso a la finca del arrendador así como a los operarios o industriales en su caso mandados por él para supervisar el estado de conservación de la finca, o para la realización de inspecciones o comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al inmueble.
DECIMOPRIMERA.- SERVICIOS, SUMINISTROS
Serán de cuenta del arrendatario:
a) Los consumos de agua, gas, electricidad y tributos municipales. Las cantidades derivadas de estos conceptos tendrán la consideración de asimilados a la renta, por lo que su impago o demora, provocará igualmente, el derecho por parte del arrendador a iniciar las acciones legales oportunas.
b) Los gastos derivados del negocio a desarrollar en la finca arrendada.
DECIMOSEGUNDA.- La parte arrendadora correrá con el pago de los gastos de I.B.I. sin inclusión de concepto adicional alguno.
DECIMOTERCERA.- SEGUROS
El arrendatario se obliga a tener suficientemente asegurados los elementos de su propiedad y los por él instalados en la finca, así como el contenido del mismo y un seguro de responsabilidad civil frente a terceros.
DECIMOCUARTA.- RETRASOS PAGO RENTA
En el caso de que el arrendatario incumpliese su obligación de pago de la renta y cantidades asimiladas, si las hubiese, dentro de los cinco primeros días de cada mes, pactados en el Contrato de Arrendamiento, el arrendador queda plenamente facultado, para iniciar el correspondiente procedimiento judicial contra el arrendatario, bien en desahucio por falta de pago de dicha renta o bien en reclamación de cantidad, siendo todas las costas judiciales y extrajudiciales, incluidas las de Abogado y Procurador aunque no fuera preceptiva su intervención, que con tal motivo u otro análogo se causaran, de cuenta y cargo del arrendatario.
La continuación en el uso del local más allá del plazo pactado será penalizado con el devengo de una cantidad diaria del doble de la treintava parte de la renta mensual actualizada y participación en gastos, hasta que se produzca el desalojo del mismo.
En el caso de que parte arrendataria se encontrare incorriente de pago del precio del alquiler, conforme a lo estipulado y se encuentre ausente sin haber manifestado por escrito a la parte arrendadora que su ausencia sería por el tiempo provisional que indique, se considerará que de forma unilateral y arbitraria, rescinde el presente contrato de arrendamiento, y pone a la total y libre disposición de la propiedad, el local objeto de la presente relación contractual arrendaticia, sin tener nada que reclamar de su interior, pudiendo disponer la propiedad arrendadora del local con toda libertad y sin necesidad de acudir a procedimiento judicial de desahucio, una vez finalizado el mes cuyo precio se adeudara.
DECIMOQUINTA.- CESIÓN Y SUBARRIENDO
Se prohibe el derecho de cesión, traspaso, subarriendo total o parcial de la finca arrendada, salvo expresa autorización del arrendador, en cuyo caso se aplicará la normativa legal en cuanto a forma de traspaso y facultad de elevar renta por el arrendador.
La falta de dicha autorización previa del arrendador, conllevará la nulidad del subarriendo o la cesión practicada, siendo causa suficiente para que el arrendador pueda instar la resolución del contrato de arrendamiento.
Asimismo, en ningún caso tendrá el arrendatario derecho de tanteo y de retracto.
DECIMOSEXTA.- VIGENCIA
El presente contrato anula a todos los anteriores, siendo el único válido y surtiendo todos sus efectos desde la firma del mismo.
DECIMOSÉPTIMA.- RESOLUCIÓN PLENO DERECHO
Asimismo, el presente contrato se resolverá además de por las causas previstas en el artículo 35 de la LAU, por el incumplimiento de cualquiera de las partes de alguna de las obligaciones resultantes del presente contrato.
DECIMOCTAVA.- RÉGIMEN APLICABLE
En todo lo no previsto en este contrato será de aplicación el Titulo III de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, con exclusión expresa de lo dispuesto en los artículos 29, 31, 33, y 34 de la misma, y supletoriamente, lo dispuesto en el Código Civil.
DECIMONOVENA.- TÉRMINO
El arrendatario queda obligado a dejar libre y expedito la finca arrendada, cuando finalice el plazo por el cual se arrendó.
En caso de incumplimiento por parte del arrendatario se establece como cláusula penal, que la subida de la renta al triple de la que se halle en vigor en cada momento por cada uno de los meses que medie entre la obligación de abandono del local y la fecha en que efectivamente se realice.
VIGÉSIMA.- FUERO
Las partes, renunciando a cualquier fuero que les pudiera corresponder, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de __________, para dilucidar cuantas cuestiones que sobre la interpretación y cumplimiento del contrato puedan surgir.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente contrato por duplicado y a un sólo efecto en lugar y fechas señalados en el encabezamiento.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO
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