MODELO DE SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS
La actual normativa redactada en referencia a perros potencialmente peligrosos define qué tipo razas de la especie canina se consideran como tales, cuáles son las condiciones para que nos concedan la pertinente licencia y la obligación de proceder a un registro dedichos animales en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
Tienen la obligación de obtener esta Licencia los dueños o propietarios ocasionales de perros pertenecientes a las siguientes razas:
- Staffordshire Bull Terrier,
- American Staffordshire Terrier,
O que en su defecto cumplan con la mayoría de los requisitos siguientes:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms., altura a la cruz entre 50 y 70 cms. y peso superior a 20 kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
Dirigido a Personas Físicas
CONDICIONES
- Todos los animales potencialmente peligrosos pertenecientes a la especie canina deberán estar identificados mediante un microchip.
CONCEJALÍA DE COMERCIO, MERCADOS, SANIDAD Y CONSUMO
SERVICIO MUNICIPAL DE SANIDAD-ANIMALES
Expediente Nº
SOLICITUD DE LICENCIA ADMINISTRATIVA PARATENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
1.- DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre/Razón social NIF/CIF
Dirección C.P.
Fax E-mail
Población Teléfono Móvil
2.- DATOS DEL REPRESENTANTE
Nombre/Apoderamiento NIF/CIF
Dirección C.P.
Población Teléfono Móvil
E-mail Fax
SOLICITA
Le sea concedida la LICENCIA MUNICIPAL PARA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 del Decreto 42/2008, de 12 de febrero por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, teniendo conocimiento y aceptando lo estipulado en la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, en el Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo y en las demás disposiciones legales de aplicación, vigentes en lo relativo a la tenencia, adiestramiento y manejo de los animales potencialmente peligrosos, al objeto de preservar la seguridad de personas, bienes y otros animales, su adecuado manejo y custodia.
Ciudad de de
ILTMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉN
Fdo
DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA
- Acreditación de ser mayor de edad (fotocopia del DNI)
- Certificado original negativo de antecedentes penales (podrá ser pedido de oficio con autorización expresa)
- Certificado Original de no haber sido sancionado en los últimos 3 años, por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el artículo 13.3 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, así como de no estar privado, por resolución judicial, del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos (Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía).
- Certificado Original de capacidad física y psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos,expedido por un Centro de Reconocimiento debidamente autorizado.
- Copia del recibo de pago de la prima actualizada o copia de la Póliza que acredite la suscripción o informe expedido por la compañía aseguradora acreditativo de haber formalizado, el solicitante, un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, con una cobertura no inferior a 175.000 €, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2.f) del Decreto 42/2008.
- Si la licencia es para perros potencialmente peligrosos, se deberá acreditar la superación de un curso específico sobre adiestramiento básico de este tipo de perros y que haya sido organizado por un Colegio Oficial de Veterinarios, o por Asociación para la Protección de los Animales acreditada o por alguna Federación o Asociación de Cría y Adiestramiento de perros, debidamente reconocidas, e impartido por adiestradores acreditados.
- Copia validada y sellada de la autoliquidación en concepto de Tasa por la expedición y/o renovación de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, en el impreso habilitado para ello en la web del Ayuntamiento . El ingreso deberá realizarse en la cuenta de
NOTA INFORMATIVA PARA EL SOLICITANTE DE LA LICENCIA
- La Licencia admva. para la tenencia de animales potencialmente peligrosos tendrá una validez de CINCO AÑOS desde la fecha de la expedición, pudiendo ser renovada, a petición del interesado, por el órgano municipal competente con carácter previo a su finalización por sucesivos períodos de igual duración.
- La Licencia será revocada y quedará sin efecto en el momento en que su titular deje de cumplir cualquiera de los requisitos establecidos en el art. 4.2 del Decreto 42/2008, de 12 de febrero.
- Cualquier variación de los datos acreditativos para la obtención de la licencia, deberá ser comunicada por su titular en el plazo de quince días desde la fecha en que se produzca.
- La posesión de animales obliga al interesado a inscribirlos en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
|
|