El contrato para la formación, es un tipo de contrato de trabajo, cuyo objetivo principal es el de lograr una adquisición de formación tanto en la teoria, como en la práctica, dos puntos que son necesarios para realizar de forma adecuada un trabajo que tenga como requerimiento principal alguna cualificación o acreditación especial.
Dentro de este contrato de trabajo se necesitan cumplir obligatoriamente con algunos puntos, estos son:
- El empleado debe de ser mayor de 16 años y menor de 21. Esto no se aplica a empleados minusválidos, trabajadores extranjeros, desempleados que lleven más de tres años sin trabajo.
- El empleado no deben de tener la titulación correspondiente para el ejercicio de la profesión, ni haber estado en el puesto anteriormente.
En el caso de que no exista un número máximo de contratos para la formación en los convenios, se atenderá a una escala previa.
Generalmente la duración del contrato no puede ser menor a seis meses ni mayor a dos años, con la excepción de que exista un convenio colectivo, pero en ningún caso puede ser menor a seis meses ni mayor a tres años, o cuatro años cuando el trabajador sea minusvalido.
Dentro de este contrato se pueden llegar a tener compromisos de conversión de los contratos formativos en contratos por tiempo indefinido, siempre y cuando se llegue a observar las demandas de la formalización escrita, salvo prueba en contrario.
El tiempo de duración de trabajo, es decir el horario establecido será de tiempo completo, esto sumando al trabajo efectivo el tiempo dedicado a la formación en teoria dentro de la empresa.
A continuación el siguiente es un modelo de contrato para la formación:
|