MODELO DE ACTA COPASO
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
El Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO), es el grupo encargado de ayudar al Departamento de Salud Ocupacional a coordinar, fomentar, controlar y hacer seguimiento de todas las actividades de salud ocupadonal.
Además es un organismo de coordinación entre el empleador y sus trabajadores, encargándose de ayudar a promover y vigilar las normas y programas de Salud Ocupadonal
Fue creado a través de la Resolución 2016 de 1986 la cual estableció que todas las empresas e instituciones, publicas y privadas que tengan a sus servicios diez (10) o más trabajadores, están obligados a conformar un comité paritario de salud ocupacional.
Tiene entre otras, las siguientes funciones :
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COPASO
- Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los programas de salud ocupacional
- Participar de las actividades de promoción, divulgación, e información sobre medicina, higiene y seguridad.
- Visitar e inspeccionar periódicamente los lugares de trabajo
- Proponer actividades de capacitadón en salud ocupacional
- Colaborar en el análisis de las causas de accidentes de trabajo.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COPASO
- Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz
- Tramitar ante la administración las recomendaciones aprobadas en el seno del comité
- Preparar los temas que se van a tratar en cada reunión
- Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del comité
- Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o el sitio de las reuniones.
FUNCIONES DEL SECRETARIO
- Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones
- Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión
- Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité.
El Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO
Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una compañia. De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional.
Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán el Representante Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2016 de 1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su articulo 63 y las exigencias de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo.
Los Comités Paritarios de Salud Ocupacional son uno de los elementos básicos de los programas de salud ocupacional en las empresas, según lo establecido en el Decreto 614 de marzo de 1984 y tienen como responsabilidad la de ser un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de la empresa.
¿Cuándo debe integrarse un Comité Paritario de Salud Ocupacional?
Debe integrarse tan pronto comience a funcionar el centro de trabajo, e inmediatamente, si este centro se encuentra en operación.
¿Qué se requiere para ser miembro de un Comité Paritario de Salud Ocupacional?
A eso se respónde con los siguientes ítems:
- a. Tener interés por servir a la comunidad de la empresa
- b. Ser trabajador de la empresa
- c. Haber demostrado en el ejercicio de su trabajo sentido de responsabilidad
- d. Tener una actitud proactiva frente a las acciones de salud ocupacional
El periodo de los miembros del Comité es de dos (2) años y el empleador está obligado a proporcionar, por lo menos, cuatro horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo de cada uno de los miembros, para el adecuado funcionamiento del Comité.
EJEMPLO DE ACTA COPASO
ACTA DE REUNION COMITÉ PARITARIO
CESFAM GARIN
Fecha: 19 Junio 2016. Hora inicio: 14.20 hrs Hora Termino: 15.40 hrs.
ASISTENTES
Marisol Aracena Verdugo. Allison Fuentes. Maria Carolina Fuentes. Rosa Venegas. Fresia Jara. Dra Viviana Agudelo. Dr. Jose Luis Contreras.
ACUERDOS
- Se acuerda realizar Capacitacion al comité paritario el dia Miércoles I de Agosto del 2016. (Prevencion de riesgos para el comité Paritario).
- Se reitera la necesidad del arreglo de la escalera que conduce a la dirección. (gomas , techado)
- Se solicita evaluación y reparación de instalaciones eléctricas.
- Se propone que exista un equipo de mantención, con personal competente y capacitado.
- Se solicita un techo para el sector del aseo.
- Se acordó que el dia martes 26 de junio, se instalarán señaleticas en el establecimiento.( 15 - 17Hrs).
- Se realizará una inspección en el CECOF ANTUMALAL, con el fín de evaluar posibles falencias y llegar a una solución.
- Se programa para el mes de Julio la mantención de extintores.
- Se acuerda que las próximas reuniones se realizarán según se indica:
20 de Julio
24 de Agosto
21 de Septiembre
26 de Octubre
23 de Noviembre
21 de Diciembre
Horario: 15 a 16 Hrs.
OBSERVACIONES
Se excusan:
OTRO EJEMPLO
Constitución de COPAS° y posesión de sus representantes
...................(S.A., SAS, Ltda., etc.)
Acta n° 1
En las instalaciones de...........(S.A.. SAS. ltda.), hoy......, de.......... de 20............ , se reunieron las siguientes personas:
El representante legal y los trabajadores de la compañía para conformar el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO, como lo dispone las Resoluciones 2016 de 1986 y 1016 de 1989 y las demás exigencias de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Protección Social y lo dispu.to en el Programa de Salud Ocupacional. En esta reunión, se designaron como repr.entantes del Empleador y como representant. de los trabajadores, a los siguientes:
El señor.............en su calidad de Representante legal de la empresa nombró como sus representantes principales y suplentes a las siguientes personas, quien también actuará como Presidente del Comité.:
Principal:
Con cédula nº:
Suplente:
Con cédula nº:
Los trabajador. en Asamblea que hicieran el pasado.................. (o en éste moniento de mutuo acuerdo, decidennombrar), nombraron como sus representantes principales y suplentes al COPASO a los siguientes:
Principal:
Con cédula nº:
Suplente:
Con cédula nº:
(El número de representantes está determinado según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa. Art. 2 Resolución 2016 de 1980.
Asimismo, se establece que el período de los miembros del Comité Paritario de Salud Ocupacional será de dos años y el empleador se compromete a proporcionar cuatro horas (mínimo) semanaiss dentro de la jornada normal de trabajo de cada uno de sus miembros para el funcionamiento del comité, tal como se estipula en el artículo 63 del decreto 1295 de 1994 .
Por consenso entre los representantes del empleador y de los trabajadores, se nombra al señor.................. como secretario del Comité.
Presidente del Comité
Secretario del Comité
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