MODELO DE DEMANDA
H. JUNTA LOCAL PERMANENTE DE CONCILIACION DE CIUDAD DONDE SE LOCALIZA LA JUNTA
..........................personalidad que acredito en los términos de las tres cartas poder que exhibo, solicitando que las mismas sean agregadas a los autos, señalando como domicilio para oír notificaciones y documentos el ubicado en........................................ autorizando para tales efectos a los Licenciados NOMBRES, así como a los C.C. MAS NOMBRES, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito vengo en nombre y representación de DE QUIEN? y de DEMANDADO a dar contestación a la improcedente demanda que en su contra ha formulado el actor DEMANDANTE...., en los siguientes términos:
Antes de referirme a las prestaciones y a los hechos constitutivos de la demanda que se contesta, se manifiesta que entre el actor y el codemandado físico CODEMANDADO, jamás ha existido ni existe relación contractual de trabajo personal subordinado, motivo por el cual jamás se han dado los supuestos establecidos en los artículos 8, 10 y 20 de la Ley Federal de Trabajo, por lo que en ausencia de tales requisitos, se le niega al actor acción o derecho alguno para reclamar acción y prestación alguna; solicitando que las anteriores manifestaciones se tengan por reproducidas con relación y con respecto al capítulo de hechos de la demanda que se contesta.
Ahora bien, en nombre y representación de DEMANDADO, fuente de trabajo en donde prestó servicios el actor, doy contestación a la improcedente demanda que en su contra ha formulado el actor
DEMANDANTE, negando igualmente la procedencia para reclamar acción y prestación alguna, toda vez que el reclamante jamás ha sido objeto de despido alguno.
Respecto de las prestaciones reclamadas por el actor manifiesto:
PRESTACION A).- No tiene derecho el actor para demandar el pago de tres meses de salario, ya que el reclamante jamás ha sido objeto de despido alguno; y prueba de la inexistencia del despido de que se queja lo es el ofrecimiento de trabajo que se le formula para que regrese a laborar en los terminos y condiciones en que lo venia haciendo.
PRESTACION B).- No tiene derecho el actor para demandar el pago de la prima de antigüedad por el tiempo que refiere, ya que el reclamante no obstante de que jamás ha sido objeto de despido
alguno, no se le adeuda cantidad alguna por este concepto.
OTRO EJEMPLO
SEÑORES REPRESENTANTES QUE INTEGRAN LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
PRESENTES.
EDUARDO BOBADILLA ZARZA, CARLOS DE BUEN UNNA y JOSÉ ANTONIO MIRANDA SÁNCHEZ, actuando en representación del c. MARTÍN ESPARZA FLORES y demás trabajadores de base sindicalizados del organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro (en lo sucesivo, LyFC), cuyos nombres se mencionan en el listado que se acompaña como ANEXO UNO y que forma parte integrante de esta demanda, con domicilio para recibir notificaciones en Mariano Escobedo asa-A, departamento 1402, Colonia Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11560 del Distrito Federal y autorizando para oírlas y recibir documentos, indistintamente, a los señores Dr. Néstor de Buen Lozano, licenciados Gerardo Aarón Pineda Piró, Ignacio Torres Espinoza. Gabriel Jiménez Rivas, José Jorge Carbajal Smith, Pedro Robles Otero, Silvia Pérez Martinez, Mario Muñoz Ortega Saavedra, Lizbeth del Carmen Martinez Guerrero, Judith Luna Ramírez, Diana Edith Vázquez Campos, Lucia Méndez Mancilla, Luis del Valle San Miguel, Araceli Agustina Zepeda Centeno, Roberto Maldonado Martinez, María Cristina Méndez Martinez y Pasante en Derecho Sergio Manuel Corona Sandoval, a Ustedes, respetuosamente. decimos:
Somos representantes del SINDICATO MEXICANO DE ELECTRICISTAS (en lo sucesivo, SME) y como consecuencia de ello del SR. MARTÍN ESPARZA FLORES y de todos los trabajadores demandantes, por ser miembros del Sindicato, en términos del artículo 375 de la Ley Federal del Trabajo (en Io sucesivo, LFT). Acreditamos nuestra personalidad en los términos siguientes:
a) El C. EDUARDO BOBADILLA ZARZA acredita su carácter de Secretario del Trabajo del Comité Central del SME y representante legal del mismo, con la copia certificada del oficio de toma de nota expedido el 27 de mayo de 2016 por la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaria del Trabaio y Previsión Social (en lo sucesivo. STPS), documento que se acompaña como
ANEXO DOS, junto con una copia simple, solicitando la devolución de la copia certificada, previo el cotejo y certificación correspondientes.
Las facultades que lo dan la representación legal del Sindlcato están provistas en el artículo 88, fraoclón lll. de los Estatutos, documento del que se acompaña una copia certificada por la misma Dirección General de Registro de Asociaciones como
OTRO EJEMPLO
DERECHO
l.-Es usted competente Ciudadano Juez para conocer de la presente demamda de Divorcio Necesario de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 106. 108. fracción XIV del Código de Procedimientos
Civiles para el Estado , 40 fracción l de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
II.- Mi personalidad la acredita con fundamento en lo previsto por los artículos 1, 6, 8 del Código Adjetivo Civil antes mencionado.
lll.- En cuanto al fondo tienen aplicación los artículos 428, 429, 454 fracción XVI del Código Civil en el Estado.
lV.- En cuanto al procedimiento este se rige de conformidad por los artículos 194, 195, 196, 677, 678, y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
PRUEBAS
1.- DECLARACION DE PARTE SOBRE ¡ECHOS PROPIOS.- Que estará a cargo de la demandada MARIA DIONICIA GAMEZ GARCÉS. a quien deberá comparecer debidamente identificada a satisfacción
de esta Autoridad Judicial el dia y la hora que para ello tenga Usted a bien señalar, a fin de que se presente a absolver en forma personalísima el interrogatorio que en sobre cerrado acompaño al
presente escrito, afin de que surta sus efectos legales procedentes, respecto del cual solicito a Usted respetuosamente se sirva calificarlo de legal en todas y cada una de sus partes en el momento de la diligencia,con el apercibimiento de que en caso de no comparecer el día y hora que se señale para el desahogo de esta prueba, se le tendrá por ciertos los hechos sobre los que se le cuestione y por existente una fundada razón de su dicho.
Esta prueba la ofrezco en términos de los artículos 240 fracción l, 248, 249 y 259 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, y la relaciona con el punto número cuatro de hechos de la presente demanda.
2.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA DE ACTUACIONES.- Consistente en todas y cada una de las actuaciones llevadas a cabo.
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