EJEMPLO DE MODELO DE DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO EN GUATEMALA
Demanda de Divorcio de Matrimonio Civil
Por la Causal del Numeral 2o. del Art. 6o. de la Ley 25 de 1992. "El Grave e Injustificado Incumplimiento por Parte de Alguno de los Cónyuges de los Deberes que la Ley les Impone como Tales y Como Padres"
Señor
JUEZ DE FAMILIA (REPARTO)
E. S. D.
XXXXXXXX mayor de edad, vecino de XXXXXXXXXX , identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXXXX de XXXXXXXXXX abogado en ejercicio con Tarjeta Profesional No XXXXXXXX expedida por el CSJ, en ejercicio del poder conferido por XXXXXXXXXX también mayor de edad y de esta vecindad, identificado con la cédula de ciudadanía No XXXXXXXXX de XXXXXXXXX, ante Usted presento demanda de divorcio contra XXXXXXXXX la cual fundamento en los siguientes:
HECHOS
PRIMERO: Mi poderdante, el Señor XXXXXXXX y la Señora XXXXXXXXXXX , contrajeron matrimonio ante el Juez Civil Municipal de la ciudad de el día XXXXXXXXXXXX del mes de 19 XXXXXXX
SEGUNDO: Dentro del matrimonio fueron procreados los siguientes hijos XXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXX.
TERCERO: Mi poderdante y la señora no acordaron capitulaciones matrimoniales.
CUARTO: La demandada ha incurrido en causal de divorcio, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 154 del Código Civil modificado por la Ley 1 a. de 1976, y reformado por la Ley 25 de 1992, consistente en el grave e injustificado incumplimiento de los deberes que la ley le impone como cónyuge y madre.
QUINTO: Desde hace XXXXXXXX meses, la demanda Señora XXXXXXXXX ha abandonado sus deberes conyugales sin justificación alguna, así como también ha dejado de cumplir sus deberes respecto a los hijos, ausentándose continuamente de la casa.
De conformidad con los hechos anteriormente narrados formulo ante Ustedes las siguientes:
PETICIONES
1. Que mediante sentencia ejecutoriada, se decrete el divorcio de los cónyuges y , mayores de edad, domiciliados y residentes en
2. Como consecuencia de la anterior declaración sea suspendida la vida en común y disuelto el vínculo matrimonial
3. Se liquide y disuelva la sociedad conyugal
4. Que conste dentro de la sentencia, que una vez ejecutoriada, subsisten los deberes y derechos de los cónyuges respecto de los hijos menores, de conformidad con lo establecido en el artículo 160 del Código Civil, se señale la cantidad con que cada cónyuge debe contribuir para los gastos de alimentos de sus menores hijos.
5. Que los hijos menores y queden bajo la custodia y el cuidado de mi poderdante conservando el demandado el derecho de visitarlos en la forma que lo estimen las partes de mutuo acuerdo o lo resuelva la autoridad competente.
6. Que por haber dado lugar al divorcio, el demandado continúe con la obligación de contribuir a la subsistencia de su
OTRO MODELO
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA:
JULIO RENE GIRON NATARENO de cuarenta y nueve años de edad,
casado, comerciante, gutemalteco, de este domicilio, actúo bajo la
Dirección y Procuración del Abogado DAVID OTONIEL MONZÓN PAZ, que me auxilia, ELVIA YOLANDA CALDERÓN LEMUS,
de treinta y dos años de edad, casada, Secretaria Comercial,
guatemalteca, de este domicilio, actúo bajo la Dirección y procuración
del Abogado RUDY ROBERTO HERNANDEZ MOCTEZUMA, ambos señalamos
como lugar para recibir notificaciones la Oficina número cuatro ubicada
en la Octava Avenida número veinte guión veintidós de la zona uno de
esta ciudad, Edifico Castañeda Molina, atentamente ante usted
comparecemos A PROMOVER JUICIO VOLUNTARIO DE DIVORCIO fundamentamos nuestra acción en los siguientes:
HECHOS:
1. Que el día veinticinco de febrero de mil novecientos noventa cuatro,
contrajimos Matrimonio Civil entre sí, como lo demostramos aconpañando a
este memorial Certificación de Matrimonio extendida
por el Registrador Civil del Municipio de Villa Nueva departamento de Guatemala.
2. Que producto de dicho vínculo Matrimonial procreamos tres hijos que responden a los nonbres de MARÍA FERNANDA, JULIO RENE Y FERNANDO RENE, todos de apellidos GIRÓN CALDERÓN,
quien a la fecha cuentan con once, seis y cuatro años de edad
respectivamente, extremo que demostramos aconpañando a esta demanda la
Certificación de Nacimiento de nuestros menores hijos, extendidas por el
Registrador Civil de la Capital de Guatemala.
3. Que para efectos de alimentos se acordó que al presentado se le fijan
en MIL QUETZALES (Q 1,000.00) mensuales para cada uno de nuestros
menores hijos y la cantichd de MIL QUETZALES, para la presentada.
4. Que durante el tiempo que duro nuestra relación conyugal no adquirimos bienes nuebles o inmuebles.
5. Que la causa por la que se plantea la presente demanda es que
nuestros caracteres son incompatibles, al extremo que en la actualidad
estamos separados de cuerpos es decir no tenemos ningún contacto
marital.
6. Se acordó con el presentado que la momento de firmarse la demanda
voluntaria de Divorcio el mismo tendría que desalojar el casa en la que
actualmente vivimos, ya que el contrato de arrendamiento esta a nombre
de la presentada.
7. Por lo antes expuesto nos separamos en forma voluntaria ya que a la
presente fecha ya no existe ninguna relación entre ambos, razón por la
cual nos presentamos ante usted A PROMOVER JUICIO
VOLUNTARIO DE DIVORCIO, solicitando que el mismo sea declarado con
lugar, ya que nuestro vínculo matrimonial ya no tiene ninguma razón de
ser.
8. Para los efectos pertinentes presentamos a usted, el siguiente PROYECTO DE BASES DE DIVORCIO:
A. EN RELACIÓN A LA GUARDIA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS:
Se acordó que la misma recaiga sobre la señora ELVIA YOLANDA CALDERÓN LEMUS,
quien es madre de los menores antes identificados, y quien a la fecha se
encuentra viviendo oon la misma, el presentado se puede relacionar con
su menor hija los fines de semana sin ninguna limitación.
B. CON RELACIÓN A LOS ALIMENTOS QUE CORRESPONDEN A LA PRESENTADA Y A LOS HIJOS MENORES:
Se acordó que el señor JULIO RENE GIRON NATARENO, pasara en foma mensual y sin requerimiento de cobro alguno la cantidad de CUATRO MIL QUETZALES (Q4,000.00) a razón de MIL QUETZALES para cada uno de nuestros menores hijos Y MIL QUETZALES PARA LA PRESENTADA, cantidad que se hará efectiva en los primeros cinco dias de cada mes.
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