MODELO DE DEMANDA CIVIL DE ACCIÓN REINVINDICATORIA
LA ACCIÓN REIVINDICATORIA
Antes de iniciar a tratar sobre la acción reivindicatoria, es necesario señalar que la doctrina tradicional divide en dos grupos las acciones que protegen el dominio: las acciones reales y las acciones personales, cuyos antecedentes más remotos los encontramos en el Derecho Romano, en donde se conoció esta división como la actio in rem en contraposición a la actio in persona m, de las que se derivaron los derechos ¡n rem y los derechos in personam, respectivamente.
De lo anotado anteriormente se desprende que existen, pues, diferencias fundamentales entre los derechos reales y los derechos personales, entre las que podemos mencionar a las siguientes:
a) En cuanto al número de elementos: el derecho real presenta únicamente dos elementos, el sujeto (titular del derecho), y el bien, por lo que se afirma que el derecho real es el poder directo e inmediato que ejerce una persona sobre un bien, originando así una relación directa entre dicha persona y dicho bien.
El derecho personal, en cambio, se compone de tres elementos: el sujeto activo, el sujeto pasivo y el objeto o la prestación, estableciéndose una vinculación entre ellas y quedando el sujeto pasivo obligado a efectuar una prestación específica.
b) En cuanto a la oponibilidad: el derecho real es un derecho absoluto, es decir, oponible erga omnes, por ejemplo todo tienen la obligación de respetar mi propiedad, en cambio, el derecho personal es un derecho relativo, ya que solo es exigible al sujeto pasivo.
c) En cuanto al modo de ejercicio: en el derecho real, el objeto se obtiene directamente, sin ningún intennediario; en cambio, en el derecho personal el objeto se alcanza por medio de otra persona.
d) En cuanto al número: los derechos reales tienen un número limitado (numerus clausus), ya que sólo pueden ser creados taxativamente por la ley, así lo señala nuestra norma sustantiva civil en el artículo 881; en cambio, los derechos personales pueden crearse ilimitadamente (numerus apertus). De lo anterior se desprende que en los primeros se trata de normas de orden público, mientras que en los segundos, prima el principio de la libre autonomía de la voluntad (BORDA).
e) En cuanto a la determinación del bien: los derechos reales se refieren a bienes corporales e individualmente determinados, la propiedad "A", el usufructo "B", la hipoteca "C", en cambio, los derechos personales están referidos a objetos inmateriales.
f) En cuanto al ius preferendi: el derecho real confiere a su titular un derecho de preferencia frente al que tiene un derecho crediticio, y además establece la primacía ante otro derecho similar, según su antigüedad. Los derechos crediticias no poseen esta característica, pues todos están en igualdad de condiciones.
Es el medio jurídico para poder obtener la restitución de una cosa que nos pertenece y se encuentra en poder de otra persona. Sus elementos son:
- Tener la propiedad de una cosa.
- Haber perdido la posesión de la misma.
- Estar la cosa en poder del demandado.
- Identificar el bien del que se trate.
EJEMPLO DE MODELO DE DEMANDA CIVIL DE ACCIÓN REIVINDICATORIA
DEMANDA REIVINDICATORIA
.....................
VS
.....................
ORDINARIO CIVIL
C. JUEZ DE LO CIVIL
PRESENTE
.............. , por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en.........y autorizando para oírlas y recoger toda clase de documentos en mi nombre y representación, en los términos del artículo............, del código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, a los CC............, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito, vengo en la Vía Ordinaria Civil y ejercitando la acción real reivindicatoria a demandar del Sr......................., quien tiene su domicilio en............., las siguientes prestaciones:
a. La declaración de que tengo el dominio del inmueble ubicado en..............
b. Como consecuencia, la desocupación y entrega del inmueble indicado en el apartado anterior, con la superficie, medidas y colindancias que se señalan en el capítulo de hechos de la presente demanda, con sus frutos y accesiones, de conformidad con la renta, que a juicio de peritos, hubiere obtenido del inmueble en caso de que no hubiere sido ocupado por el demandado en caso contraria a derecho.
c. El pago de los daños y perjuicios causados al suscrito.
d. El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine. Fundo mi demanda en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho.
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