MODELO DE ACTA ASAMBLEA ORDINARIA DE COOPERATIVA
Se denomina un acta constitutiva, al certificado el cual es redactado
ante un notario, y constituye en fundamento legal mediante el cual se
inicia una compañía, fundación o comunidad, que está dirigida a un
determinado fin o a numerosas finalidades diferentes, como se da el caso
en las compañías con numerosas orientaciones. Un acta constitutiva, además puede constituir o formar una comunidad, ya
sea caritativa o de instituciones, por ejemplo las alianzas de
carácter cívil con objetivosexclusivamente de carácter privado.
Su principal función es la de establecer, ejecutar y evaluar permanentemente el desarrollo de las
actividades contenidas en el Progtama Escolar de Protección Civil, así
como ¡mplamentar los macanismos de coordinación con las dependencias y
organismos públicos, plivados y sociales que conforman los Sistemas
Nacional y Estatal de Protección Civil, particularmente reaizando
actividades que conduzcan a salvaguardar la integridad física de la
commidad educativa y población flotante así como las instalaciones.
bienes e información vital, patrimonio de este plantel.
Los
miembros de la Unidad lntema de Protección Civil manifiestan su
compromiso para el cumplimiento de la normatividad y funciones que le
sean encomendadas y se comprometen a extender una cordial invitación a
los pactos de famiia, instancias y vecinos circundantes al plantel para
colaborar con las actividades inherentes al desarrollo del Programa.
EJEMPLO DE ACTA ORDINARIA DE COOPERATIVA
COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y ASISTENCIALES DE V.S.C.DEL LAGO Y ZONAS ADYACENTES 14917291. LOS Olmos s/n.- Villa Santa Cruz del Lago. N. de Mat.: 12048 I.N.A.C.-1452 Provincia .....
LIBRO: ACTAS DE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Nº6
Acta n° 340:
A las 19 hs del 23 de Junio de 2016, se reúne el consejo de administración con la presencia de Norberto Barbieri, Sebastián Barcena, Marcelo Sola, Claudia Perea y Marcela Ceballos.3Quienes a continuación dan tratamiento a los siguientes temas:
El Sr Barbieri informa que se recibió un llamado desde el Ministerio de Desarrollo Social para comunicar que la documentación presentada referente a la asamblea del 28/6 ha sido observado y no debe llevarse a cabo dicha asamblea. Debido a esta situación, es que el día Jueves 19 de Junio por la mañana el Sr Barbieri como Presidente, y el Sr Sola como Secretario de la cooperativa, concurren al Ministerio para informarse al respecto, donde son atendidos por el Cdor Guillermo Chingolla y el Dr Guaita, quienes explican que han observado el orden del día por estar mal el punto que promueve renovar 6 consejeros, debido a que nuestro estatuto sufrió una reforma en su Art, N° 48, en asamblea del 13/1211997 y reza que la renovación de los consejeros es total todos los años. Esto resulta novedoso y sorpresivo para nosotros ye que en la asamblea del 31/3/2012 fueron elegidos 1/3 de los consejeros, y esa asamblea fue aprobada por el mismo ente que ahora no la acepta. Además siempre nos hemos ajustado al estatuto que se encuentra en la cooperativa y está certificado con fecha 4/5/2009 por el Dr Guaita, quien es jefe de área de fiscalización de cooperativas. Las autoridades de cooperativas y mutuales no lograron explicar por qué fue aceptada la asamblea del 2016 en la que se renovó 1/3 de sus miembros, cuando debería haber sido impugnada, ya que doblan renovarse ludas los consejeros.
Ante tanta confusión, solicitamos se nos entregue en forma certificada el estatuto vigente, a lo que las autoridades cumplen nuestro pedido de inmediato y ahora les exhibimos, pero además, nos informan que el Sr LUIS CORIA mediante nota N° 72560002343913 del año 2016, había consultado a ese ministerio puntualmente por ese artículo del estatuto que trata la forma de renovación de los consejeros, y el ministerio, en noviembre de 2016 le notificó que la renovación de los miembros debe ser total y todos los años. Mas confundidos aún, solicitamos copie de ese notificación y es la que se exhibe en este acto.
Con el asombro de los demás consejeros. y luego de intercambiar opiniones, el consejo de administración resuelve:
1) Pedir las disculpas del caso a todos los socios y brindar las explicaciones pertinentes.
2) respetar la decisión del ministerio y suspender le asamblea ordinaria del 28 de junio de 2016 hasta nuevo aviso.
3) Realizar la asamblea ordinaria dentro de los 60 dias a partir de la fecha
4) Solicitar al ministerio que al momento de realizar la asamblea el veedor oficial explique lo ocurrido.
5) Comunicar de inmediato dicha suspensión a los socios mediante propaladora, cartelería en comercios, medios de comunicación, diarios, etc. A continuación el consejo de administración, decide por unanimidad hacer de conocimiento público éste acta.
OTRO EJEMPLO
ACTA CONSTITUTIVA, ESTATUTO TIPO, COMPLEMENTARIOS SOBRE COOPERATIVAS
RESOLUCIÓN Nº 254/77
21 de junio de 1977
VISTO los términos establecidos en el art. 9° in fine de la Ley N° 20.337 para la constitución regular de cooperativas, y CONSIDERANDO:
Que la tramitación necesaria para autorizar a funcionar e inscribir en el Registro Nacional a nuevas entidades requiere cubrir sucesivas etapas de procedimiento en aquellos casos en que la documentación presentada por los interesados sea objeto de observaciones por este Organismo, que por su importancia demanda la actividad de la entidad solicitante que debe contestar las pertinentes vistas;
Que la creciente cantidad de solicitudes de autorización para funcionar y la imposibilidad de aumentar en forma correlativa los recursos humanos afectados a dicha tramitación, originan dilaciones que en la mayoría de los casos exceden los términos establecidos por el art. 9 ° in fine de la Ley 20.337 para el otorgamiento de la matrícula;
Que dada la importancia que reviste para las entidades interesadas en contar con el instrumento que las habilite legalmente para operar como cooperativas, este Instituto Nacional de Acción Cooperativa ha contemplado su inclusión como problema prioritario, dentro de las políticas establecidas por el Organismo para el año 1977;
Que atento lo manifestado en el considerando anterior se infiere la necesidad de implementar los medios más idóneos a su alcance para encuadrar la actividad administrativa dentro de los términos que sobre este aspecto ha fijado la Ley de Cooperativa;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nro. 3/76 de la Secretaría de Estarlo de Coordinación y Promoción Social.
EL DELEGADO MILITAR A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA RESUELVE:
Artículo 1° Apruébase con carácter transitorio y obligatorio los textos de Acta Constitutiva y Estatuto tipo que como Anexo 1 forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° Apruébase con carácter transitorio y obligatorio, los textos complementarios de la denominación, objeto, requisitos para ser asociados, deberes y atribuciones del Consejo de Administración y distribución de excedentes, correspondientes a las Cooperativas Ganaderas, Provisión, Tamberas, Agrícolas, Vivienda, Vitivinícolas, Mineras, Consumo y Trabajo que como Anexo II forman parte de la presente Resolución.
Artículo 3° : Las entidades podrán prestar uno o varios de los servicios contemplados en el Anexo II o bien incluir otros no previstos en el mismo, en cuyo caso el texto estará sujeto a la aprobación de la autoridad de aplicación del régimen legal de cooperativas.
Artículo 4° De forma.
OTRO EJEMPLO
Acta Constitutiva Sociedad Mercantil Anónima
NUMERO: 6184 SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO.... TOMO: XV QUINCE..... LIBRO: 5 QUINTO.... En Reynosa, Tamaulipas, a los 07 siete días del mes de Marzo del año 2016 dos mil trece. ante mi Licenciada ERIC. PENA COSS, Notaria Pública Número 14 Catorce de la Municipalidad de Reynosa. Tamaulipas, actuando en el Municipio de Reynosa, en los términos del Artículo 28 veintiocho de la Ley del Notariado del Estado de Tamaulipas, en el ejercicio de mi función Notarial, comparecieron los señores REYNA ABAD, ALEJANDRA GALLEGOS, MIROSLABA CORONADO, MIGUEL GONZALEZ Y SAIRA ARIAS; personas a quienes conceptúo con capacidad plena para contratar y obligarse, quienes me manifestaron, bajo formal protesta de decir verdad yadvertidos de los delitos y penas en que incurren quienes declaran con falsedad, que tienen concertada la CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL ANÓNIMA, para lo cual solicitaron y obtuvieron el PERMISO de la Secretaria de Relaciones Exteriores. identificado con el número 2641846. dos. seis, cuatro, uno, ocho, cuatro. seis. Expediente número 20162307109, dos, cero, uno, cero, dos, tres, cero, siete, uno, cero, nueve. Folio número 125638930231. uno, dos, cinco, seis, tres, ocho, nueve, tres. cero, dos, tres, uno; que doy fe tener a la vista y protocolizo, agregándolo a mi Libro de Documentos Generales bajo el número correspondiente. Expuesto lo anterior, los comparecientes me solicitan formalizar el contrato de SOCIEDAD MERCANTIL que por este medio celebran, conviniendo que la sociedad se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y por lo dispuesto en las siguientes:
CLAÚSULAS: DENOMINACIÓN, OBJETO. DURACIÓN Y DOMICILIO:
PRIMERA.- Los comparecientes. de conformidad a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, constituyen una Sociedad Mercantil Anónima, con la modalidad de Capital Variable Mexicana. cuya denominación será: "IMF", seguida de la palabras "SOCIEDAD ANONiMA DE CAPITAL VARIABLE" o de sus siglas "SA. DE C.V.".
SEGUNDA.- El domicilio de la Sociedad será el Municipio de REYNOSA. TAMAULIPAS.
TERCERA.- La duración de la Sociedad será de 99 noventa y nueve años. contados a partir de la fecha de firma de la presente escritura.--------
CUARTA.- La Sociedad tendrá por objeto previo cumplimiento de los requisitos legales. brindar Servicios de salud en general a la Sociedad en el ámbito profesional y en particular, en los casos que sea necesario, el siguiente:
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Modelos anteriores |
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