MODELO DE DEMANDA DE DIVORCIO Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL
Concepto de sociedad conyugal
La sociedad conyugal es el régimen de bienes que rige, siempre que no haya pactado en el momento de contraer matrimonio o mrante la vigencia de éste, régimen de separación total de bines o participación en los gananciales. Si se trata de un matrimonio celebrado en el extranjero que luego se inscribe en el estado, los contrayentes se entienden que están separados de bienes, salvo que al momento de la inscripción pacten sociedad conyugal.
Disolución de la Sociedad Conyugal
La sociedad conyugal se disuelve por las causales indicadas en al art. 1764, aquí se contiene 5 causales, pero son en realidad 7, estas son taxativas por lo que no pueden establecer otras son:
- 1.- Por muerte natural de uno de los cónyuges.
- 2.- Por decreto que concede la posesión provisoria o definitiva de los bienes del cónyuge desaparecido.
- 3.- Por la sentencia de separación judicial, art. 34 Ley de matrimonio Civil.
- 4.- Por la sentencia de separación de bienes.
- 5.- Por la declaración de nulidad del matrimonio.
- 6.- Por la sentencia que declara el divorcio.
- 7.- Por el pacto de participación en los gananciales y separación total de bienes art. 1723.
RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL
Es la sociedad de bienes que se forma entre los cónyuges por el hecho del matrimonio. Esta compuesta por un grupo de bienes conocidos como haberes, los haberes sociales representan los ACTIVOS de la sociedad conyugal. Estos haberes pueden ser de 3 tipos:
- HABER ABSOLUTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
- HABER RELATIVO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
- HABER PROPIO DE CADA CONYUGE
Por su parte las deudas representan los PASIVOS, los cuales pueden ser REAL o ABSOLUTO y APARENTE O RELATIVO.
Efectos de la disolución de la sociedad conyugal
Disuelta la sociedad conyugal se producen los siguientes efectos:
- 1.- se genera entre los cónyuges o en su caso entre el cónyuge sobreviviente y los herederos del fallecido un estado de indivisión.
- 2.- Esta comunidad no lo administra el marido sino todos los comuneros.
- 3.- Queda fijado irrevocablemente el activo y el pasivo social.
- 4.- Cesa el derecho de goce que la sociedad tenía sobre los bines de los cónyuges.
- 5.- Deberá procederse a la liquidación de la sociedad conyugal.
- 6.- la mujer que no hubiere renunciado a los gananciales en las capitulaciones matrimoniales puede hacerlos ahora.
Art.217 c.c.
Cualquiera de los cónyuges, en todo tiempo podrá demandar la disolución de la Sociedad Conyugal y la liquidación de la misma. Y al efecto pueden acudir ante el Juez de la Familia, o ante el Notario de su confianza para que así sea declarada judicialmente.
CUÁNDO SE LIQUDA LA SOCIEDAD CONYUNGAL
Es necesario tener presente que aunque termine la sociedad conyugal, la mujer no puede disponer de la mitad de bienes que le corresponde, pues para ello es necesaria la liquidación de la sociedad conyugal, a través de la cual se reparten los bienes.
La liquidación de la sociedad conyugal se puede realizar:
- Si hay acuerdo entre los cónyuges, por escritura pública en una notaría.
- Si no hay acuerdo entre los cónyuges, cualquiera de los dos puede solicitar la partición, para lo cual requiere contar con el patrocinio de un abogado/a. Actualmente los Centros de Mediación que existen en algunas comunas del país, toman causas por partición, gratuitamente
EJEMPLO DE MODELO DE DEMANDA DE DIVORCIO CON LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL
Demanda de Divorcio de Matrimonio Civil
por la Causal del Numeral 2o. del Art. 6o. de la Ley 25 de 1992. "El
Grave e Injustificado Incumplimiento por Parte de Alguno de los Cónyuges
de los Deberes que la Ley les Impone como Tales y Como Padres"
Señor
JUEZ DE FAMILIA (REPARTO)
E. S. D.
............mayor de edad, vecino de..............., identificado con la
cédula de ciudadanía No...........de............abogado en ejercicio
con Tarjeta Profesional No............expedida por el CSJ, en ejercicio
del poder conferido por también mayor de edad y de esta vecindad,
identificado con la cédula de ciudadanía No............de............,
ante Usted presento demanda de divorcio contra............la cual
fundamento en los siguientes:
HECHOS
PRIMERO: Mi poderdante, el Señor.............. y la
Señora............... , contrajeron matrimonio ante el Juez Civil
Municipal de la ciudad de.............. el día............. del
mes........... de 19............
SEGUNDO: Dentro del matrimonio fueron procreados los siguientes hijos................ y.................
TERCERO: Mi poderdante y la señora................... no acordaron capitulaciones matrimoniales.
CUARTO: La demandada ha incurrido en causal de divorcio, de
conformidad con lo estipulado en el Artículo 154 del Código Civil
modificado por la Ley 1 a. de 1976, y reformado por la Ley 25 de 1992,
consistente en el grave e injustificado incumplimiento de los deberes
que la ley le impone como cónyuge y madre.
QUINTO: Desde hace............ meses, la demanda
Señora..................ha abandonado sus deberes conyugales sin
justificación alguna, así como también ha dejado de cumplir sus deberes
respecto a los hijos, ausentándose continuamente de la casa.
De conformidad con los hechos anteriormente narrados formulo ante Ustedes las siguientes:
PETICIONES
1. Que mediante sentencia ejecutoriada, se decrete el divorcio de los
cónyuges........... y................ , mayores de edad, domiciliados y
residentes en................
2. Como consecuencia de la anterior declaración sea suspendida la vida en común y disuelto el vínculo matrimonial
3. Se liquide y disuelva la sociedad conyugal
4. Que conste dentro de la sentencia, que una vez ejecutoriada,
subsisten los deberes y derechos de los cónyuges respecto de los hijos
menores, de conformidad con lo establecido en el artículo 160 del Código
Civil, se señale la cantidad con que cada cónyuge debe contribuir para
los gastos de alimentos de sus menores hijos.
5. Que los hijos menores.................. y.................. queden
bajo la custodia y el cuidado de mi poderdante conservando el demandado
el derecho de visitarlos en la forma que lo estimen las partes de mutuo
acuerdo o lo resuelva la autoridad competente.
6. Que por haber dado lugar al divorcio, el demandado continúe con la obligación de contribuir a la subsistencia de su
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