MODELO DE MINUTA DE ABOGADO
En lo referente a los honorarios de un abogado, cuando van a prescribir los mismos, se tiene la obligación de realizar el cómputo de los mismos, en base al todos los asuntos que abarquen a cada uno de los clientes y no a las actuaciones solitarias de los mismos. Por este método se dicta una sentencia en la sala de lo Civil del Tribunal Supremo, cuyo ponente es el magistrado
En el correspondiente dictamen, el Tribunal realiza la determinación de que la realización del ejercicio en relación a la profesión de abogado, no hace que cada asunto para el que labora profesionalmente,tenga la obligación de proceder al reclamo del precio del mismo, anterior a la prescripción en tres años según al artículo 1967.1º del Código civil. No hablamos de prescripción de cada tema en cuestión, más bien de prescripción de ambos, que conforman el denominado servicio profesional de carácter conjunto, ya que ni tan siquiera se hace el exigimiento de que sean interrelacionados, por esto mismo, el dies a quo para el periodo de tiempo de reclamación de los honorarios de carácter profesional del abogado por la intervención en cuestión, es el día en que se terminan los trabajos profesionales del abogado, tenidos en consideración de forma globalizada.
Las bases verificadas de la sentencia se contienen en los siguientes fundamentos de derecho:
PRIMERO.-1.- El documento o contrato de prestación laboral (mal definido en el Código Civil arrendamiento) posee muy poca o nula regulación en el código artículos 1588 y posteriores, ya que la definición exacta del mismo es detallada en el artículo 1544: una de las partes tiene el deber de ofrecer a la otra un trabajo por precio concreto.
En el actual procedimiento, el encargado de la prestación de los servicios profesionales como abogado, realiza la reclamación del coste de los servicios prestados como tal en dos recursos apelativos. Por medio de los mismos, continuaron ambos procedimientos de jura de cuentas que se desestimaron por motivos de la concurrencia de prescripción. No reclama más servicios profesionales.
SEGUNDO.-1. El denominado recurso de casación interpuesto legalmente por los que han realizado la demanda, se formula por motivo casacional, según a lo dispuesto en el artículo 477.2.3º de la Ley de Enjuiciamiento Civil efectuado según la ley 37/2011, de 10 octubre.
El argumento en que se está basando la causa es decir, el denominado recurso, se divide en tres partes: los diferentes temas que siguieron hasta fecha actual, el denominado dies a quo que para la prescripción da comienzo al término de ambos, y la denominada continuidad hasta que otro abogado proceda a pedir la venía.
En el correspondiente docuento de demanda, no concreta los actos interruptivos en que haya intervenido profesionalmente y toda intervención es negada por la parte demandada en su escrito de contestación a la demanda. Y no se ha declarado probado por las sentencias de instancia actos profesionales concretos que sirvan para interrumpir la prescripción, habiéndose examinado con detalle la prueba practicada, esencialmente la documental.
EJEMPLO DE MINUTA DE ABOGADO
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