MODELO 180
Aquí os ofrecemos información simplificada y fácilmente comprensible, de cómo se cumplimenta el modelo 180.
El mencionado modelo 180, es de carácter anual y totalmenteinformativo ,además por medio del mismo obtenemos información complementaria del modelo 115, de carácter trimestral. Se tendrá la obligación de relleneralo debidamente, si tus proveedores te realizan retenciones en relación al alquiler de oficinas o locales.
El citado modelo 180, puede tener cambios en el último momento. Estaremos al tantoy os tendremos siempre informados.
¿Qué es el modelo 180?
Este modelo número 180, no es más que un resumen que se realiza al año del modelo número 115. Se trata de un modelo de carácter informativo y resumen anual mediante el cual las empresas y los autónomosefectuan las correspondientes declaraciones sobre las retenciones realizadas mediante alquileres.
Dicho de otra manera, si realizáis pagos o abonos por tener un espacio para poder trabajar, por ejemplo una oficina, etc. sin duda alguna el citado modelo no puede faltar entre vuestros papeles entregados o que se entregarán a hacienda ,si procedistéis a entregar durante el año el modelo 115.
¿Quién posee la obligación de presentar el modelo?
- Tendrán la obligación de presentar el Modelo 180, todo aquel profesional o sociedad que efectue pagos por arrendamiento de oficinas o locales y se le esté reteniendo por ello.
- Si ese es el caso, se tiene la obligación de que cada tres meses se realice la presentación del modelo 115 de liquidación, esto es debido a que el modelo 180 es únicamente un resumen de carácter informativo anual.
- El coste del alquiler no sea mayor de 900€ anuales
- Son arrendamientos de vivienda que las empresas pagan al empleado
- Si hablamos de leasing (arrendamiento financiero)
- Si quien arrenda verifica al inquilino de estar incluido en alguno de los epígrafes del grupo 861
¿Cuándo se ha de presentar el modelo 180?
El citado modelo 180 se presentará en los primeros veinte días hábiles del mes de enero anualmente. En este modelo ,se referenciará todas las cantidades que se han retenido durante todo el año natural anterior.
Si el modelo se ha realizado por medio del programa de ayuda de la Agencia Tributaria, el tiempo de que se dispone para la presentación del mismo, será entre el día 1 y 31 de enero de cada año.
Si coincide que los días de final del plazo sean, sábado, domingo o festivo, el plazo se alargará hasta el siguiente día hábil.
¿Qué información es imprescindible para cumplimentar el modelo 180?
Son necesarios todos y cada uno de los gastos que tengan algo que ver con el arrendamiento de oficinas o locales , además de la retención que corresponda. Para poder realizar correctamente la justificación de dichos pagos, será necesario presentar la factura de cada uno de ellos , además de toda la información fiscal completa de nuestros proveedores.
Para poder cumplimentar el modelo será necesario separar la información según estos criterios:
- Número de proveedores total
- La suma de las bases impositivas (cantidad) que han sido destinadas al concepto de arrendamiento de locales u oficinas.
- La suma total de retenciones liquidadas por concepto de arrendamiento de locales u oficinasademás del tipo impositivo practicado.
- La información fiscal básica de cada proveedor
EJEMPLO DE MODELO 180
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