MODELO 806
Si se da el caso de que efectuamos un contrato de alquiler estamos obligados o forzados legalmente ,a consignar el aval que proviene del contrato en la Junta de Andalucía además de adjuntar del modelo 806, el cual está o viene regulado por la Ley del Parlamento Andaluz 8/1997, de 23 de diciembre.
En lo estipuladoel artículo 82 de la Ley 8/1997 , se tiene la obligación de consignar los avales por contratos para disfrute de habitáculo y las corresponsientes garantías por contratos para disfrute diferente de habitáulo. Previamente a la cumplimentación del modelo 806, debemos de tener dispuesto los siguientes documentos:
Contrato de alquiler, de subalquiler o de entrega (según el caso).
Datos de identificación del que alquila y del alquilado (NIF, domicilio…). Si la presentación no la realiza el citado propietario, deberemos de adjuntar una copia de su NIF , además de unpermiso para realizar correctamente la presentación en su nombre.
Cumplimentar el modelo 806.
Una vez dispongamos de todos los documentos necesarios, procederemoes a su presentación personándonos en la oficina pra tal fin de la Junta de Andalucía, o bien de forma telemática. Si procedemos a la presentación de forma telemática , la podemos efectuar de forma completa o parcial, lo que significa que tenemos la opción de presentar el modelo 806 de forma telemática y más tarde toda la correspondiente documentación en la oficina correspondiente de la Junta de Andalucía, o si no, realizar el aporte de todos los documentos necesarios de forma telemática con Certificado Digital o DNI electrónico, los formatos que se admiten de forma electrónica son: jpg, jpeg, gif y pdf.
¿Qué pasaría si no consignamos la fianza?
Podemos estar cometiendo una multa que varia entre los 60 euros y los 3.600 euros, sin que la citada sanción pueda ser mayor del 50% de la garantía estipulada. El periodo de tiempo de que disponemos para consignar dicha garantía, es de un mes a partir de la fecha del contrato, si no se consiga en ese periodo de tiempo, tendremos un recargo del 10%.
Si estamos ante una indagación, se ha de proceder al abono o recolecta por la gestión de mebrago de la cuantia de dich garantía, su interés legal y la cuantía de las multas que se estimen según lo establecido en el artículo 88 de la Ley 8/1997.
Pra proceder a la solicitud del reintegro de la garantía , estamos obligados a aportar y cumplimentar el modelo 810, el tiempo del que dispone la Administración para reintegrarnos la cuantía consignada, es de un mes a partir de la solicitud del mismo.
EJEMPLO DE MODELO 806
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Modelos anteriores |
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