El contrato de comisión mercantil es un documento mediante el cual el comisionista está obligado a participar dentro de un acto o de un contrato mercantilm en representación o por cuenta de otra persona a la cual se le conoce como comitente.
La base fundamental de un contrato de comisión es la confianza, por tal motivo no es posible que este pueda ser cedido a una tercera persona.
Dentro de las actitudes que debe de tomar el comisionista se ve que puede realizar el contrato sin contar con el poder de representación directa o contando con este poder.
En lo que concierne a la formación del contrato de comisión, los contratos pueden ser:
Contrato consensual, en el cual se perfecciona bajo el consentimiento que se dá de forma expresa o tácita.
Cuando se dé el caso de que un comisionista no acepte el encargo que se le dió, pues este se encontrará obligado a comunicar su inasistencia al comitente lo más pronto posible.
En resumen lo que hace el contrato de comisión, es regular las operaciones esporádicas conocidas como operaciones no habituales, en dichas operaciones el comisionista solicita a una tercera persona que se realize ciertas actividades u operaciones puntuales, recibiendo a cambio una comisión. Entonces el contrato de comisión no es nada más que un mandato mediante el cual se obliga a una persona a brindar un servicio o realizar algo por cuenta de otra.
A continuación un ejemplo de un contrato de comisión mercantil de tal manera que pueda ser utilizado como modelo a seguir:
CONTRATO DE COMISION MERCANTIL
Conste por el presente documento, el contrato de Intermediación Mercantil que suscriben, por una parte como comitente, la empresa DULCES Y CHOCOLATES "DELIDELI", con domicilio en Avenida De Ferra s/n, representada por el Gerente General, Armando Paredes Rios, identificado con D.N.I. 004596321247-T, a quien en adelante se denominará LA COMITENTE y de la otra parte Renzo Acosta Peña con D.N.I. Nº8532147865-J, domiciliado en Calle Los Jazmines Nº 900, a quien en adelante se le llamará EL COMISIONISTA, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO
LA COMITENTE es una empresa dedicada a la importación y venta de golosinas.
SEGUNDO
EL COMISIONISTA es una persona natural que se dedica a la intermediación en la colocación de productos que constituyen la línea de comercialización de LA COMITENTE.
TERCERO
Por el presente documento EL COMISIONISTA y LA COMITENTE convienen en celebrar un contrato de comisión mercantil en virtud del cual EL COMISIONISTA brindará sus servicios de intermediación mercantil a LA COMITENTE, por un período anual que se inicia el 05 de Enero del 2016 y concluye el 05 de Junio del 2016, pudiendo ser renovado según lo acuerden expresamente las partes.
CUARTO
EL COMISIONISTA se obliga en virtud del presente contrato a:
- Ofrecer y consolidar ventas por cuenta de LA COMITENTE de los productos que constituyen la línea de comercialización de esta última; observando rigurosamente la zona territorial que le ha sido asignada.
- Asumir a título personal cualquier responsabilidad por suministrar información que no corresponde con las políticas de venta de LA COMITENTE
QUINTO
LA COMITENTE en virtud del presente contrato se obliga a:
- Permitir que EL COMISIONISTA ofrezca a sus clientes, los productos que constituyen su línea de comercialización.
- Otorgarle una comisión a EL COMISIONISTA de acuerdo con la escala de comisiones vigente.
SEXTO
Ambas partes podrán dar por resuelto el presente contrato, bastando para ello una comunicación escrita cursada con una anticipación de por lo menos 15 días, sin perjuicio de culminar las obligaciones que a dicha oportunidad se tuvieran pendientes. .
SÉTIMO
Las partes dejan expresa constancia que el presente contrato es de naturaleza mercantil y que por lo tanto no genera ninguna obligación de carácter laboral entre EL COMISIONISTA y LA COMITENTE.
OCTAVO
Las partes acuerdan que en todo lo no expresamente previsto por le presente contrato se estará a lo dispuesto por las normas del Código de Comercio, por el Código Civil y, supletoriamente, por los usos y costumbres.
Zaragoza, 4 de Enero de 2016.
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LA COMITENTE EL COMISIONISTA
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